Asuntos Sociales

El Ayuntamiento de Córdoba anula la adjudicación de la Casa de Acogida por un defecto de forma

El Tribunal de Recursos Administrativos considera que Integra no cumple el requisito obligatorio de ser una entidad de «iniciativa social»

La Casa de Acogida de Campo Madre de Dios, en una imagen de archivo Valerio Merino

R. Verdú

El proceso de adjudicación de la gestión de la Casa de Acogida municipal ha quedado anulado tras el recurso presentado por una de las entidades que competía por hacerse con el encargo. En una de las últimas decisiones administrativas del cogobierno de PP y Cs del pasado 2020, el Consistorio encargó el 29 de diciembre a una empresa privada, el Grupo Integra , que se hiciera cargo de este recurso asistencial.

El contrato, por su cuantía, es goloso para cualquier empresa. Su importe de salida era de 2,1 millones , aunque fue adjudicado por mucho menos, como suele ocurrir en las contrataciones públicas: casi 1,4 millones de euros . El problema, sin embargo, no está en la baja de la oferta, sino en las condiciones que debe reunir la empresa adjudicataria. Y es aquí donde entró en juego a comienzos de este año la Fundación Prode , que quedó segunda en la calificación del proceso y recurrió la decisión.

Las diferencias estriban en la calificación de ambas entidades . Tanto Integra como Prode son centros especiales de empleo (CEE), empresas centradas en la integración laboral de personas con discapacidad. Pero ocurre que la segunda es además «de iniciativa social» , una coletilla de la que carece la primera y que sólo se puede obtener si la mayor parte de la sociedad (al menos un 51 por ciento) está compuesta por entidades sin ánimo de lucro.

Prode cumple los requisitos y se define en su web como «una organización sin ánimo de lucro que nace en 1984 con el reto de generar calidad de vida, bienestar y felicidad para cada persona con discapacidad intelectual y sus familias». Integra , por el contrario, se presenta como «una compañía estable, eficiente y responsable, especializada en la prestación de soluciones integrales» en la que el 85% de sus 3.400 empleados tienen «diversidad funcional».

Desde 2018, y debido a una directiva europea, una parte de los contratos públicos debe reservarse para este tipo de entidades de nueva creación, las que tienen la consideración «de iniciativa social». En el pliego de condiciones elaborado por el Ayuntamiento se pasó por alto mencionar esa característica y sólo se indicaba que el concurso estaba reservado a centros de especiales de empleo , lo que habilitaba al Grupo Integra, una entidad privada.

La Fundación Prode alegó a finales de enero de este año contra la adjudicación ante el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales del Ayuntamiento, que ha determinado que efectivamente para concurrir al proceso era necesario ser un centro especial de emplo «de iniciativa social».

Conclusiones

En su informe, publicado en la Plataforma de Contratación del Ayuntamiento, el organismo concluye que «solo debe entenderse incluidos aquellos que estén inscritos como de iniciativa social» , por lo que «se declara que el acuerdo de adjudicación objeto del presente recurso no se atiene a las previsiones de la expresada cláusula del pliego, por lo que deberá ser anulado y dejado sin efecto ». Esto es, la adjudicación a Integra queda revocada, y así lo corroboró posteriormente la Mesa de Contratación, que a su vez ha elevado su dictamen a la junta de gobierno local para que cuente con la oportuna certificación política.

Prode no recurrió el concurso al completo, sino sólo el acto de adjudicación . Por lo tanto, el Tribunal de Recursos considera que el proceso debe retrotraerse hasta el momento anterior a la propia adjudicación. No habría que repetir todo el procedimiento administrativo desde la licitación, sino únicamente volver a decidir acerca de la adjudicación.

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