TRIBUNALES
Lucena | La Audiencia condena a un matrimonio rumano a 10 años de cárcel por esclavizar a su nuera de 15
Los considera responsables de un delito de trata de seres humanos con fin de explotación de la mendicidad
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a un matrimonio rumano, vecinos de Lucena, a cinco años de prisión por cabeza por la comisión de un delito de trata de seres humanos con fines de explotación de la mendicidad hacia su nuera menor de edad durante varios meses en el año 2015.
Los hechos probados se remontan al año 2013 cuando la menor fue entregada a este matrimonio por sus padres en Rumanía a cambio de dinero , con la finalidad de casarse con el hijo de los acusados, de la misma edad que ella. La niña tenía 15 años en ese momento.
Con tal propósito los acuados, junto a la menor se trasladaron hasta la localidad de Lucena, en Córdoba, donde se hallaba el menor con quien la niña no llegó a contraer matrimonio pero sí a convivir y mantener relaciones sexuales, fruto de las cuales tuvieron un hijo en diciembre de 2014 .
Extranjera, menor y con un recién nacido
Así las cosas, según consta en el fallo facilitado a ABC por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) , desde principios de 2015 hasta el mes de mayo aproximadamente, los acusados, aprovechándose de la situación de vulnerabilidad de esta menor, con un hijo recién nacido en un país extranjero y sometida al control de los acusados, le obligaron a ejercer la mendicidad y la venta de flores en Lucena, Antequera o Osuna, requisándole siempre el dinero que obtenía.
Para mantenerla en esa situación, la llevaban a lugares en que debía ejercer la mendicididad y la venta de flores. La vigilaban constantemente para que no tomara contacto con terceros a los que pudiese contar su situación. Asimismo, los acusados la amedrentaban con la amenaza de que no volvería a ver a su bebé , recibiendo en ocasiones empujones y golpes.
La sentencia recoge como fundamentos jurídicos que «no había duda de que existe la finalidad de mendicidad en la captación de la menor [...] en Rumanía y su traslado a España». Y en cuanto al bebé « fue aprovechado para chantajear a la menor , subyugarla y someterla a los designios de explotación y lucro de los acusados», añade el fallo.
Los parámetros del Supremo
El tribunal considera que se han dado los parámetros que contempla el Supremo para dar validez al testimonio de la víctima y «se aprecian sin ambages en la declaración de la menor, a través de de un testimonio rotundo, coherente, sin fisuras, constitutivo de un relato detallado, sólo interrumpido por sollozos sinceros e irreprimibles cuando revivía los detales de mas dureza relacionados con su hijo men or» .
Fue la ayuda de una mujer que la veía en Lucena la que la sacó de esa situación de esclavitud. La acogió en su casa, tras comprobar las heridas que presentaba por golpes en el empeine y que no era por rozaduras de zapatos. Esa mujer instó la intervención de las autoridades. La joven ha renunciado a cualquier tipo de indemnización.
La Fiscalía de Córdoba solicitaba en su escrito de acusación seis años y seis meses de prisión para esta pareja por un delito de trata de seres humanos con el fin de explotación de la mendicidad. A esta pena, el Ministerio Público solicitaba además una orden de prohibición de comunicación o acercamiento con la víctima durante ocho años que también ha sido contemplada por el tribunal en su fallo.
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