Peronen las molestias
Talibanes
Hasta hace 45 años, el lugar natural de la mujer era la cocina y el cuidado de los hijos.

Hasta hace no demasiado tiempo, las tabernas de Córdoba estaban vedadas a las mujeres . En realidad, no solo las tabernas. La mayor parte del espacio público era coto privativo del hombre . Particularmente las tascas. Si las mujeres querían avisar a su marido o comprar vino para guisar, disponían de un ventanuco lateral con acceso independiente. Las piqueras. Por allí asomaban su cabeza para hablar con el tabernero y evitar adentrarse en territorio prohibido.
El lugar natural de la mujer era la cocina y el cuidado de los hijos. Decimos el cuidado. Porque la patria potestad correspondía por ley al marido, que, llegado el caso, podía entregarlos en adopción sin el consentimiento de la madre. La mujer, hasta hace apenas 45 años, era un sujeto sin autonomía personal . No podía tomar ninguna decisión sin la autorización expresa de su marido. Ni abrir una cuenta, ni aceptar una herencia, ni obtener el pasaporte. Nada.
Las pocas que trabajaban no solo recibían la reprobación social de la cultura dominante . También se veían abocadas a perder sus empleos en el momento exacto de contraer matrimonio. Las empresas firmaban automáticamente su finiquito y las mandaban a casa para que atendieran las labores propias de su condición.
La primera mujer que estudió Veterinaria en Córdoba tuvo que pedir un permiso escrito al Ministerio de Instrucción Pública. Se llamaba María Cerrato. La carrera entonces estaba prohibida al género femenino. ¿Para qué quería una mujer tener formación universitaria si su lugar en el mundo estaba en los fogones?
Para contemplar a la primera mujer policía local ordenando el tráfico hubo que esperar a 1970 . Antes estaba vetado por ley. Delfina y Dolores Tapia estrenaron sus uniformes entre el estupor popular y cariñosas invitaciones a marcharse a casa a fregar platos y coser calcetines.
Entonces, el cuerpo de la mujer era el cuerpo del pecado. Por eso las piscinas estaban segregadas por géneros. Como, por ejemplo, la piscina Zarco, que solo admitía la entrada de féminas y niños. Y por eso, también, el Código Penal establecía graves penas para la mujer adúltera. Hasta 1963 otorgaba al hombre el derecho a acribillar a su esposa si la sorprendía en el lecho impuro del adulterio. Bueno, no exactamente. Lo condenaba a la pena de destierro. Que es, si cabe, más humillante.
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