VEGA DEL GUADALQUIVIR
Aprueban el uso de tarimas para veladores en zonas para aparcar en Palma del Río (Córdoba)
De la ordenanza se ha eliminado el requisito de que no exista acerado que permita la instalación de veladores
![Clientes de un establecimiento de restauración](https://s1.abcstatics.com/media/andalucia/2022/02/19/s/velador-cordoba-noticia-k3HI--1248x698@abc.jpg)
El Ayuntamiento de Palma del Río (Córdoba) ha suavizado los requisitos exigidos para que la hostelería pueda instalar tarimas en sus terrazas, tras ser aprobada, definitivamente, la modificación de la ordenanza de instalación y uso de terrazas y veladores.
Esta modificación ha consistido en la eliminación de ciertas estipulaciones que debían cumplirse para poder instalar tarimas para veladores en zonas destinadas a aparcamientos . En las condiciones exigidas en la ordenanza , se han eliminado, concretamente, los requisitos de que no exista acerado que permita la instalación de veladores y que existan aparcamientos colindantes a la zona del establecimiento. Asimismo, se ha eliminado la prohibición de la instalación de protecciones laterales y toldos en las zonas ocupadas por tarimas.
Retoques
La aprobación definitiva fue publicada el pasado 17 de febrero de 2022 en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba . Esta modificación de la ordenanza ha consistido en la eliminación de ciertas condiciones que debían cumplirse para poder instalar tarimas para veladores en zonas destinadas a aparcamientos.
En concreto se han eliminado los requisitos de que no exista acerado que permita la instalación de veladores en las condiciones exigidas en la ordenanza, y que existan aparcamientos colindantes a la zona del establecimiento.
Del mismo modo, se ha eliminado la prohibición de la instalación de protecciones laterales y toldos en las zonas ocupadas por tarimas.