Tribunales

La anulación del Impuesto de Plusvalías detraerá 15 millones del presupuesto municipal de Córdoba

Hacienda se propone esperar hasta tanto conocer la respuesta del Gobierno

Grúas en Fuente de la Salud Valerio Merino

Rafael Ruiz

La sentencia del Tribunal Constitucional que considera inconstitucional el actual funcionamiento del impuesto de plusvalías (el nombre real es sobre el Incremento del Valor de los Terrenos Urbanos) supondrá detraer quince millones de euros exclusivamente del presupuesto municipal de Córdoba, que tiene un monto global de 300 millones de euros. Recientemente, el Ayuntamiento de Córdoba aprobó una reforma que lo convierte prácticamente en gratuito en las herencias de la primera vivienda.

Los ayuntamientos pierden así el segundo o tercer tributo en capacidad de conseguir financiación por una cuestión que llevaba años dando vueltas por los tribunales. Su método de cálculo no tiene ninguna relación con la realidad. Se basa en cifras estadísticas que están técnicamente diseñadas para que suban siempre.

El impuesto de plusvalías se paga cuando se vende una vivienda o un bien raíz de similar naturaleza. Grava el incremento del valor que ha tenido el suelo que ocupa mientras que la propiedad ha estado en manos de los propietarios que lo transmiten.

Los tres artículos considerados inconstitucionales por el TC son los que definen el método de cálculo del sistema. Es decir, no se consideran nulos artículos sobre la aplicación fiscal del mismo sino sobre su elemento nuclear: cómo calcular la base imponible .

El adelanto conocido de la sentencia señala que la nulidad viene determinada por que el tributo no es como el IRPF, que se basa en los ingresos de una persona, o el IVA, en las ventas de una empresa. A más ingresos o más ventas, se paga más por el impuesto. En las plusvalías se depende del valor catastral, un índice que sube y sube cada año porque nunca se adapta a la pérdida de valor .

« Es un leñazo a los ingresos », reconocen en el gobierno municipal. La anulación del impuesto de plusvalías se veía venir porque ya se declaró inconstitucional su aplicación en las llamadas ventas a pérdidas. Entonces, se abogó por una nueva redacción de la Ley de Haciendas Locales. Inexplicablemente, los sucesivos gobiernos no han impulsado nada por el estilo.

La anulación del impuesto no implica que se pueda reclamar lo pagado porque así lo considera el Constitucional. De momento, no existe un plan para dejar de cobrarlo . Quien tenga que pagarlo de ahora en adelante sí que podrá reclamar su devolución.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación