Coronavirus Córdoba
Decreto del alcalde de Córdoba | Cierre de parques, mercadillos y mitad de aforo en sedes deportivas
José Maria Bellido firma un decreto en el que adopta las nuevas restricciones de la Junta de Andalucía en Córdoba
El alcalde de Córdoba, José María Bellido , ha publicado un decreto que entra en vigor a las 00.00 horas de este domingo 25 de octubre y que afecta a las instalaciones, actividades y a la administración muncipal a las que adapta a las nuevas medidas y restricciones adoptadas por la Consejería de Salud por el avance del Covid-19 en el municipio.
La adopción de medidas de emergencia en relación con establecimientos municipales y actividades generales municipales dirigidas a la ciudadanía son:
- Con arreglo al art.4 a) de la Orden de la Consejería de Salud y Familias de 14 de octubre de 2020 no se permitirán visitas ni salidas a los usuarios en los centros socio-sanitarios de carácter residencial de titularidad municipal.
-La asistencia a velatorios se limitará a un máximo de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de quince personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.
-En los espacios y edificios municipales donde se presten servicios abiertos al público no se podrá superar el cincuenta por ciento del aforo permitido.
- En el caso de celebraciones nupciales y de otras ceremonias civiles organizadas por el Ayuntamiento, el número máximo de participantes quedará limitado a un máximo del 50 por ciento del aforo, tanto en espacios cerrados como al aire libre, que deberán permanecer sentados.
-Se procede a la suspensión de la celebración de los mercadillos existentes en el término municipal de Córdoba: Villarrubia (sábado); Moreras (sábado); Fuensanta (sábado), Arenal (domingo), Higuerón (domingo), Cerro Muriano (domingo), Alcolea (lunes), Ladera (martes y viernes), Unidad (martes y viernes) y Noreña (martes y viernes).
-En cuento a las instalaciones deportivas municipales , tanto al aire libre como de interior, no se podrá superar el cincuenta por ciento del aforo máximo permitido de la instalación. La práctica deportiva en grupos se limita a un máximo de seis personas.
Estos grupos podrán compartir una misma instalación deportiva con otros grupos iguales, siempre que quede garantizada, en todo momento y en todo caso, una distancia física entre ellos de al menos tres metros de distancia.
-Se procederá al precintado de los parques infantiles en espacios de titularidad municipal y cierre al público de Parques y Jardines de titularidad municipal así como la Ciudad de los Niños y las Niñas .
-De acuerdo con la citada orden el Ayuntamieto refuerza las medidas preventivas en edificios municipales, con sectorizaciones , regulación de flujos de personas y determinación de aforos.
-La participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos municipales se limita a un número máximo de seis personas , incluidos convivientes, salvo que éstos sean más de seis.
El alcalde ha dado traslado de esta resolución a los interesados, a todos los Servicios Municipales, en especial a la Policía Local y ha ordenado la publicación de este Decreto en el Portal de Transparencia, y en la página web municipal adoptando las medidas necesarias para la mayor difusión de esta.
En función de la evolución de los acontecimientos el Ayuntamiento de Córdoba modificará estas medidas o adoptará otras nuevas con arreglo a las indicaciones de las Autoridades Sanitarias.
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