NUEVA CARTEYA

El alcalde se aferra al cargo y señala públicamente por intereses espurios a los vecinos denunciantes

La Asamblea Local de IU de Nueva Carteya ha convocado una concentración a a las 18.00 horas de este sábado en su apoyo

El TSJA confirma la condena de 12 años de inhabilitación al alcalde de IU de Nueva Carteya

El alcalde de Nueva Carteya Vicente Tapia ante el tribunal VALERIO MERINO
Pilar García Baquero

Pilar García Baquero

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El alcalde de Nueva Carteya Vicente Tapia, condenado a 12 años de inhabilitación por un delito de prevaricación por ruidos de un hostal, confirmó ayer a sus vecinos que continuará su mandato hasta que la sentencia recurrida ante el Tribunal Supremo (TS) sea firme.

Tapia señaló directamente a los vecinos denunciantes que colindan con el hostal origen de los ruidos por «tener otros intereses». Por su parte, en un comunicado la Asamblea Local de Izquierda Unida de Nueva Carteya ha llamado a los vecinos a sumarse a una concentración a a las 18.00 horas de este sábado en apoyo al alcalde de Nueva Carteya, Vicente Tapia.

El alcalde de IU se defendió públicamente de las acusaciones que aparecen como hechos probados en la sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba de diciembre de 2020 mientras recordaba a sus vecinos que era la tercera vez que comparecía desde que se judicializó el asunto hace algunos años. «He considerado necesario que conozcáis qué se hizo conmigo», ha insistido en el vídeo colgado en el canal youtube municipal.

Su actuación, ha matizado este edil de IU , « fue intentar mediar en este conflicto igual que lo he hecho con otros vecinos y nos reunimos hasta en tres ocasiones con estos vecinos para buscar una solución. Desde el olor de los contenedores hasa la contrataciónd de un guardia de seguridad en el hostal o los problemas de filtraciones de agua en la zona de servidumbre».

El alcalde explicaba en el vídeo que « después de algunas quejas hubo varios años en los que ya todo parecía ir bien porque no había denuncias en la Policía Local, es cuando comienzan a presentar denuncias con partes médicos, estos vecinos».

« Cuando este matrimonio decía en cada una de sus denuncias que el alcalde no hacía nada no era verdad. Mi gran error fue que tardé mucho en darme cuenta la intención de esta familia que tenía otros intereses», ha añadido.

En este mismo tono, señalando públicamente a estos vecinos denunciantes, Tapia ha insistido en que « tras tres años sin denuncias empezaron a denunciar indiscriminadamente sin existir circunstancias especiales en las que hubo años anteriores, cada vez que habia una una denuncia con parte médico. Cuando en 2016 el juzgado de Cabra abre una investigación».

Los denunciantes habían puesto la denuncia directamente en el Juzgado. Y en 2017 me cita para tomarme declaración, facilité la información y le expliqué todos los detalles. En esa citación ya se me dice que hay un informe de sonometría de la Junta de Andalucía. Y a partir de ahí hasta llegar a su condena.

La sentencia

La sentencia en cuestión condena al primer edil a 12 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación administrativa en relación al ruido generado por un hostal-restaurante de la localidad tras la denuncia presentada por un matrimonio que vivía junto al establecimiento.

El TSJA confirmó la condena aceptar el relato de hechos probados de la sentencia recurrida en la que la Audiencia Provincial de Córdoba, que señala que el propietario de un hostal-restaurante, que los regentaba desde el año 1995, venía celebrando desde 2007 en dicho lugar todo tipo de eventos tanto en el interior del establecimiento como, principalmente, en unas carpas instaladas por el también acusado en este proceso en un recinto anejo y contiguo « sin poseer para la colocación y uso de las mismas la correspondiente autorización o licencia ».

Según la sentencia, el matrimonio denunciante vive con sus hijos en una vivienda «prácticamente colindante» con el hostal-restaurante por lo que se han visto afectados por las «continuas» celebraciones de bodas, bautizos y otros actos, desarrollados «preferentemente» con música instalada en las carpas contiguas durante los fines de semana, en particular los de primavera y verano.

La Audiencia consideró probado que los afectados presentaron unas 30 denuncias entre mayo de 2008 y septiembre de 2017 ante la Policía Local, mientras que también se dirigieron al alcalde mediante cuatro escritos, en uno de los cuales le pidieron que les fueran facilitadas las ordenanzas «acústica y nocivas». Los afectados no tuvieron nunca respuesta a sus escritos .

Así las cosas, el TSJA rechazaba hace unas semanas el recurso de apelación entendiendo que el regidor « era perfecto conocedor de las quejas y denuncias», en una sentencia recurrida al Tribunal Supremo.

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