TRIBUNALES
Absuelto el dueño de los perros que murieron encerrados en su coche a 43 grados en Córdoba
El juez no discute «la conducta gravemente negligente» del acusado pero no es sancionable si se trata de animales
El Juzgado de lo Penal número 2 de Córdoba ha absuelto al hombre que estaba acusado de un delito continuado de maltrato animal , después de que sus perros fallecieran encerrados en su coche aparcado , cuando la temperatura exterior era de 43 grados centígrados en la capital cordobesa en agosto de 2017.
Según recoge la sentencia, el juez señala que «no se ha acreditado que el acusado tuviera intención de causar la muerte de sus propios animales» y agrega que «para condenar a una persona por la comisión de un delito es preciso que la presunción de inocencia quede desvirtuada mediante prueba de cargo suficiente , practicada en el acto del juicio».
En dicha resolución, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el magistrado destaca la reacción del varón al llegar a la zona «que no fue otra que ayudar a salvar las vidas de su animales , tratando de llevar cubos de agua e intentando colaborar en todo lo que se le solicitaba por los agentes».
«Simplemente, dejó aparcado su coche para realizar una gestión y debido al motivo que fuera», lo cierto es que «el encargo se demoró o complicó lo que hizo al acusado olvidar la situación de riesgo creada hasta el punto de que cuando decidió volver se encontró con el desolador panorama por el que ahora se le acusa», según apunta el togado, quien remarca que «no existe indicio que permita concluir que el acusado aceptara en su fuero interno tan trágico resultado».
El juez destaca la actitud del acusado, que ayudó a salvar a sus animales al ver lo sucedido
Asimismo, se señala que la conducta de abonar los gastos de veterinario, solicitar la entrega del único animal superviviente -que ahora pide el juez que se le entregue por parte de la protectora de animales cordobesa El Arca de Noé - e incluso el propio lugar donde aparca el coche en pleno centro de la ciudad «poco se corresponde con quien actúa intencionadamente para causar la muerte de sus propios animales».
En definitiva, el juez asegura que no discute «la conducta gravemente negligente » del acusado, ni tampoco su propia letrada, quien la llegó a calificar como «imperdonable», pero «en el actual sistema de tipificación de la imprudencia la conducta es atípica».
A modo de comparación, cita los supuestos de adultos que se dejan u olvidan en sus coches a menores de edad, «produciéndose a veces resultado mortal o al menos riesgo para la vida de los menores, sin que en ninguno de estos casos, se llegue a acusar por homicidio doloso y sí por el imprudente , que tratándose de personas es sancionable, no así cuando de animales se trata, actualmente atípico».
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