Subvenciones

Abierto el plazo para pedir ayudas al mantenimiento del empleo en Córdoba: cómo solicitarlas, plazos y requisitos

Pueden acogerse al incentivo las empresas con una plantilla media de hasta 20 trabajadores en el último año, que estén o hayan estado en ERTE desde el 14 de marzo de 2020 por motivos relacionados con la pandemia

El delegado de Gobierno, Antonio Repullo, y el delegado de Empleo, Ángel Herrador ABC

D.D.

El Servicio Andaluz de Empleo, adscrito a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, tiene abierto el plazo para que las empresas andaluzas afectadas por un ERTE durante la pandemia soliciten las nuevas ayudas al mantenimiento del empleo , independientemente de la actividad económica a la que se dediquen. Esta nueva convocatoria, dotada con 165 millones de euros , sucede a una anterior aprobada en el mes de abril, que ha dejado en Córdoba 8,7 millones de euros y ha beneficiado a 2.453 empresas, el 80% de las solicitudes recibidas.

La segunda convocatoria de ayudas al mantenimiento del empleo, se abrió el pasado 5 de octubre , y flexibiliza los requisitos para las entidades solicitantes de cara a facilitar la participación del mayor número de empresas y trabajadores autónomos y garantizar el sostenimiento del empleo vinculado a las mismas.

La principal modificación es la supresión de la relación de actividades económicas subvencionables, estando abierta a todas las empresas independientemente de la actividad económica que desarrollan.

Se reduce también de tres a un año de referencia para la comprobación del requisito que se refiere al número de personas trabajadoras en alta en la Seguridad Social (dato necesario para calcular el incentivo).

¿Quiénes podrán solicitar estas ayudas?

Pueden acogerse al incentivo las empresas con una plantilla media de hasta 20 trabajadores en el último año, que estén o hayan estado en ERTE desde el 14 de marzo de 2020 por motivos relacionados con la pandemia. Como empresas, se incluye a toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica, incluidas autónomos y entidades sin ánimo de lucro.

Estas empresas han de tener, al menos, una persona trabajadora en alta por cuenta ajena independientemente del porcentaje de jornada.

¿A cuánto ascienden las ayudas?

La subvención está ligada a un indicador llamado Factor de Actividad, y en la práctica supondrá una cuantía de 505 euros al mes por empleo subvencionado durante un máximo de cuatro meses. El tope máximo de la ayuda alcanza los 30.300 euros.

Las beneficiarias deberán mantener el cien por cien del nivel de empleo subvencionado, al menos cuatro meses, y la ayuda será compatible con otras de cualquier administración para la misma finalidad siempre que no supere el coste total de la actividad subvencionada.

¿A cuántas empresas beneficiarán en Córdoba?

Estas ayudas dirigidas al mantenimiento del empleo prevén beneficiar en Córdoba a 6.753 empresas . La primera convocatoria benefició a más de 2.400 y a casi 11.000 trabajadores.

¿Cómo, dónde y cuándo acaba el plazo para solicitar las ayudas?

La solicitud debe presentarse por vía telemática , a través de un formulario disponible en web del SAE https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/ que incluye entre otros aspectos una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos, y la cuenta bancaria. No se requiere que, junto a la solicitud, se presente documentación adicional .

El plazo de presentación será de 15 días hábiles, hasta el 26 de octubre , y el período para resolver se fija en 3 meses .

Ayudas a la solvencia empresarial

Por otro lado, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado un Decreto Ley para aplicar en Andalucía los cambios que introdujo el Gobierno de la nación con el propósito de corregir la deficiente regulación de las ayudas a la solvencia para empresas y autónomos . De este modo se amplia el acceso a la subvención solventando las graves dificultades que muchos solicitantes tenían para cumplir con los requisitos establecidos por la normativa estatal inicial.

Las ayudas a la solvencia empresarial están dotadas con 1.109 millones de euros y se dirigen a 433 actividades . El plazo de solicitud se ha prorrogado hasta el 20 de octubre .

Tras los cambios incluidos hay tres conceptos a los que se podrán acoger las empresas para solicitar la subvención: deudas y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros pendientes de pago; compensar los costes fijos ya pagados incurridos; y pérdidas generadas entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021.

En los costes fijos incurridos, están los suministros como luz, agua, teléfono e internet, gas, otros combustibles como el gasóleo en el caso de los taxistas, alquileres, renting, mantenimiento de equipos y vehículos, tasas y licencias municipales, seguros relacionados con la actividad económica, gastos de gestoría o servicios de limpieza, vigilancia, mantenimiento de servicios informáticos, etc.

La cuantía de la subvención se mantiene en la horquilla de 3.000 a 200.000 euros , dependiendo de distintas variables como la disminución de las operaciones en 2020, el número de empleados o el régimen de tributación.

Los autónomos en régimen de módulos no deben acreditar la reducción de actividad ni las pérdidas en 2019, de manera que tan solo deben presentar copia de las facturas de los costes fijos incurridos en el periodo delimitado. Estas ayudas deben pagarse antes del 31 de diciembre.

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