Tribunales

El juez Caballero observa una espina en el proceso que acabó con el Córdoba CF en manos de UFC

Concluye en un fundamento que «existió infracción del procedimiento, ya que un deudor no puede estar en dos concursos»

El magistrado Fernando Caballero, en la Audiencia Rafael Carmona

Javier Gómez

En derecho todo es discutible. Incluso, cuando a alguien le dan la razón. Por eso, el magistrado del concurso del Córdoba CF , Fernando Caballero , observó una espina clavada en su última resolución sobre el proceso que permitió el traspaso de la Unidad Productiva del Córdoba CF SAD a Unión Futbolística Cordobesa (UFC) .

El magistrado, que entró en la causa como sustituto del recusado Antonio Fuentes Bujalance , decidió archivar la demanda incidental por la que Azaveco-Carlos González pretendía conseguir la nulidad de la declaración del concurso (el segundo) y sobre todo de la venta de la UP como consecuencia. Lo hizo por entender que el caso ya estaba en situación de cosa juzgada y por infracción del procedimiento para reclamar.

Sin embargo, Caballero, en uno de sus fundamentos jurídicos , deja claro que, a su entender, «ha existido una infracción a las normas esenciales del procedimiento» , ya que «un mismo deudor», en este caso el Córdoba CF SAD, «no puede estar sujeto a dos procedimientos concursales» . Por eso llega a afirmar que «la parte demandante (Carlos González) acierta en el planteamiento».

A pesar de esa afirmación, por lo que llega no imputarle las cosas del proceso a Azaveco , Fernando Caballero resolvió el archivo de la demanda y respaldar la validez del auto que declaró el concurso y el que autorizó la venta al entender que el efecto de cosa juzgada y el hecho de no adecuarse el procedimiento de reclamación le impedía seguir adelante con la cuestión.

Ahora la pregunta que flota en el aire es, ¿qué importancia puede tener que el magistrado, en una resolución recurrible, deje la puerta abierta a que hubo infracción en el proceso que llevo al Córdoba CF a quedar en manos de UFC? La respuesta es muy difícil de concretar, lo que, es cierto, es que se trata de una espina que, sin duda, los juristas de Azaveco , en instancias superiores y procesos paralelos, intentarán sacarle todo el jugo posible.

A juicio de Caballero , el auto que declaró el concurso del Córdoba CF en 2019 «pretende que con la segunda declaración del concurso se produce la conclusión del primer concurso», cuando él considera que «la conclusión del primer concurso no se produce con la declaración del segundo concurso» . De hecho, ejemplifica con que «podría darse la situación paradójica y contradictoria de que el incumplimiento de cualquier de los dos convenios podría abocar a la liquidación de la concursada pese a la pervivencia de uno de los convenios aprobados».

El magistrado Caballero , que dictó la resolución de archivo en base a la normativa que podía aplicar al caso, no esconde que «ha existido una infracción de las normas esenciales del procedimiento , ya que un mismo deudor no puede estar sujeto a dos procedimientos concursales».

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