Tribunales Córdoba CF
La Audiencia obliga al Mercantil a decidir sobre el concurso que dio lugar a vender la unidad productiva
Estima en parte el recurso de apelación de Azaveco-Carlos González y deja sin efecto la estimación de las excepciones de cosa juzgada contempladas en el auto de 18 de noviembre de 2019
La vista en la Audiencia de la venta de la unidad productiva del Córdoba endurece la defensa de UFC
La Audiencia Provincial de Córdoba ha dictado un auto importante relativo al procedimiento judical abierto por la venta de la unidad productiva del Córdoba CF . El escrito, al que ha tenido acceso ABC, estima en parte el recurso de apelación interpuesto por Azaveco, la empresa con la que Carlos González vendió en su día las acciones del Córdoba CF, que busca que quede sin efecto el concurso de acreedores en el que entró el Córdoba CF SAD, al igual que la citada venta de la unidad productiva, que fue el proceso que propició la llegada de Infinity a El Arcángel.
Así, la resolución de la Audiencia deja sin efecto la estimación de las excepciones de cosa juzgada e inadecuación de procedimiento contempladas en el auto del 18 de noviembre de 2019 del Juzgado de lo Mercantil, que admitía a trámite el concurso voluntario del Córdoba CF . Luego, ese concurso dio paso al auto de 26 de noviembre por el que se autorizaba la venta de la unidad productiva.
El tribunal mantiene el resto de los pronunciamientos del citado órgano judicial, «al objeto de que se proceda a dictar sentencia sobre la demanda incidental por la nulidad que se invoca del auto citado y actuaciones derivadas , incluido el auto de 26-11-2019 (el que autorizó la venta de la UP)», reza la resolución de la Audiencia.
En este sentido, «a juicio de esta Sala, no cabe apreciar cosa juzgada en ese auto de 18/11/2019, que obstaculice que se pueda entrar en el fondo de la pretensión planteada (nulidad de lo actuado), y como tampoco cabe hablar de inadecuación de procedimiento, procede estimar el recurso de apelación y dejar sin efecto la aceptación de esas excepciones en la instancia en cuanto al citado auto», recogela resolución.
Sobre el auto (que autorizó la venta de la Unidad Productiva) de 26-11-2019 , la Audiencia señala que «la apreciación de cosa juzgada en relación a ese auto ha de considerarse ajustada a Derecho , esto es, la improcedencia del incidente concursal instado para combatir lo en ella resuelto».
Declaraciones González Calvo
El consejero delegado del Córdoba, Javier González Calvo , en declaraciones a ABC, ha señalado que «estamos absolutamente tranquilos » con esta resolución, puesto que «vuelve a confirmar el efecto de cosa juzgada del auto que autorizó la venta de la unidad productiva».
Ahora, la Audiencia ha pedido que el Mercantil se pronuncie sobre el auto que motivó la apertura del concurso que dio lugar posteriormente a la venta de la unidad productiva, pero «la resolución de la venta de la UP ya tiene efecto de cosa juzgada, de ahí que la Audiencia lo inadmite también en parte».
A su juicio, « no hay simultaneidad en el tiempo de dos concursos » como reclama Azaveco. Para Unión Futbolística Cordobesa , «fíjense si está bien hecho el cierre del primer concurso y la apertura del segundo, que ellos han sacado adelante un convenio de acreedores sobre el segundo concurso».
Reacciones Carlos González
Por su parte, el presidente del Córdoba CF SAD , que ahora milita en Segunda Andaluza (la última categoría del fútbol nacional), y de Azaveco, Carlos González , ha señalado, en declaraciones a este periódico tras conocer la resolución de la Audiencia, que «estamos muy contentos ».
La Audiencia ha estimado en parte la reclamación de Azaveco. Por eso, la Audiencia Provincial de Córdoba obliga ahora al Mercantil a pronunciarse sobre el incidente de nulidad contra el auto que abrió el concurso de acreedores del Córdoba CF el 18 de noviembre de 2019. Esa resolución de apertura del concurso es la base sobre la que luego se dictó el auto de autorización de venta de la unidad productiva de 26 de noviembre del mismo año.
Al respecto, González explica que «ahora tenemos la puerta abierta para llegar hasta el Tribunal Supremo » si fuera necesario para intentar conseguir la nulidad de la venta de la UP a través de tumbar el acto previo de declaración del concurso. En cualquier caso, sostiene que «el Mercantil , en primera instancia, o la Audiencia Provincial de Córdoba, en segunda, nos dará la razón sobre la nulidad del concurso y, con ello, de todo lo demás».
De hecho, González incidió en un argumento jurídico de una resolución anterior del Mercantil (Fernando Caballero) que, aunque negó la nulidad de la venta de la unidad productiva, apuntó, según su punto de vista, a que «ese segundo concurso no se podía hacer porque ya había otro en marcha, y eso no es que lo diga yo; si no que lo apuntó el juez Caballero en una resolución». Además, reiteró que en términos similares se pronunció «el administrador concursal, Estepa , en una vista la semana pasada».
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