Córdoba CF SAD
El juzgado reduce en casi dos millones la deuda del Córdoba CF SAD
Aceites García de la Cruz, Grucal y Aglomerados Córdoba, empresas de León, deberán devolver estos fondos
La administración concursal del Córdoba CF SAD sigue adelante en su objetivo de recuperar el dinero que salió de manera injustificada de la entidad. El juzgado de lo mercantil número 1 de Córdoba , a través del juez Fernando Caballero , ha emitido las sentencias a favor de la administración concursal del Córdoba CF SAD y contra Aceites García de la Cruz, Aglomerados Córdoba y Grucal SA, que ha significado la rebaja de casi dos millones de euros de la deuda de la entidad que preside Carlos González .
De un lado, la administración concursal demandó por un lado a la empresa Aceites García de la Cruz , para pedir la nulidad de un aval solidario de un millón de euros que el Córdoba CF SAD debía abonar a Aceites García de la Cruz. Tras la documentación presentada y las declaraciones que tuvieron lugar hace dos semanas, el juzgado ha terminado por dar la razón a la administración concursal aunque ante la sentencia aún cabe recurso en un plazo de 20 días.
Durante el mandato de Jesús León al frente de la sociedad deportiva, esta empresa de aceites otorgó liquidez a Aglomerados Córdoba, para hacer frente a operaciones que tenían que ver directamente con el Córdoba CF y para operar de espaldas a La Liga de Fútbol Profesional. El empresario de Montoro avaló estas operaciones con el propio Córdoba CF y un quince por ciento de las acciones.
Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso ABC Córdoba, la empresa Aceites García de la Cruz «se opuso a la demanda alegando que el destinatario del préstamo era el Córdoba CF SAD pero que la operación se realizó en favor de Aglomerados Córdoba, para evitar el control económico de la Liga de Fútbol Profesional ». En el mismo escrito se señala también que «en caso de impago el acreedor podía optar con quedarse un 15% de las participaciones del Córdoba CF».
Sin embargo, la administración concursal considera que era la propia empresa Aglomerados Córdoba (Jesús León) quien debía hacer frente a estos pagos. «Debemos señalar que este argumento debe ser rechazado en cuanto que el objeto de la garantía no conduce a determinar quién es el obligado en una relación jurídica, sino que precisamente dada la finalidad de la garantía, el objeto sobre el que recae la garantía sería aquel que ofrezca la mayor solvencia al acreedor».
Por tanto, la empresa Aceites García de la Cruz, que aparecía como uno de los principales acreedores del Córdoba CF, con una cantidad de un millón de euros, desaparece de ahí, lo que rebaja la deuda total de la entidad que preside Carlos González . Y esta no es la única sentencia favorable a esta SAD puesto que el mercantil también ha resuelto que la empresa de hormigones Lozac no realizó los servicios por los que reclamaba 183.00 euros y por tanto, también desaparece de esa lista de deudores.
Otro medio millón
Y si la administración concursal ha sacado de la lista de acreedores a Aceites García de la Cruz y a hormigones Lozac , también ha logrado otra sentencia a favor por la cual tanto Grucal como Aglomerados Córdoba , dos empresas propiedad de Jesús León, deben abonar al Córdoba CF SAD una cantidad cercana al medio millón de euros.
Según la sentencia a la que también ha tenido acceso ABC, el juzgado de lo mercantil número 1 de Córdoba estima que «debo declarar por simulación absoluta de los contratos de prestación de servicio de los contratos de prestación de servicios celebrado entre Córdoba CF SAD y Aglomerados Córdoba SL (…) y el contrato de servicios celebrado entre el Córdoba CF SAD y Grucal».
Además, señala que se condena a « Grucal Properties SL a que reintegre a la concursada la suma de 252.708,89€ más los intereses legales desde la fecha en la que se realizaron los pagos y se condena a Aglomerados Córdoba a que reintegre a la actora la suma de 233.108,67€ ». En total, una cifra alrededor del medio millón de euros, que también debe rebajar la deuda total de la entidad puesto que estas cantidades aumentan la partida de activos.
Estas cantidades fueron transferidas desde el club a estas empresas en concepto de «asesoramiento» en lo que era conocido como «el sueldo del presidente». El juzgado remarca que en el objeto de ambas empresas no aparecía el asesoramiento en ninguno de los casos y por lo tanto «no obedecen a razón y casa alguna ya que no se prestaron los servicios contratados por lo que existe un supuesto de simulación absoluta y subsidiariamente procedería la rescisión por tratarse de contratos perjudiciales para la concursada con entidades especialmente vinculadas».
Estas sentencias tienen efecto directo en el plan de viabilidad presentado por Carlos González puesto que ahora la deuda es menor y hay cantidades que deben volver a la entidad.Por el contrario, Aceites García de la Cruz ya no tiene voto sobre este plan de viabilidad.