Fútbol - Segunda B

La Federación cambia su Reglamento para impedir casos de Unidad Productiva como el del Córdoba CF

El movimiento avala que su normativa no impedía una venta de la Unidad Productiva, pero cierra esa puerta a otros clubes

El presidente de la Federación Española de Fútbol, Luis Rubiales EFE

Javier Gómez

La Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha modificado el artículo 101 del Reglamento General de la institución que permitió que Unión Futbolística Cordobesa SAD adquiriese la Unidad Productiva del Córdoba CF SAD y siga compitiendo con el mismo club fundado en el 1954 (Córdoba CF) y mantengan todas sus señas de identidad (camiseta, escudo, himno, etc) en Segunda B y tuviera que ser inscrito forzosamente en la RFEF por mandato judicial en resolución firme.

Este cambio normativo, de forma implícita, avala que la compra de la Unidad Productiva del Córdoba CF era una operación plenamente legal y que no estaba prohíbida por su Reglamento General, tal y como quiso defender la RFEF en sus diferentes recursos contra los primeros autos judiciales.

La novedad normativa no afecta para nada al caso del Córdoba CF , que había generado un claro precedente en la legislación deportiva de la Federación. Sin embargo, la RFEF , con ese movimiento, también da un portazo a la posibilidad de que otros clubes intenten aprovechar este resquicio legal para continuar deportivamente en la categoría, pero dejando la deuda del club en una antigua empresa y llegando otra SAD nueva con deuda cero.

La Federación explica en la circular número 16 de la temporada 2020-21, que se publicó este martes 29 de septiembre , que «la Comisión Delegada de la Real Federación Española de Fútbol aprobó la modificación de diversos artículos del Reglamento General », como avanzó @canblanquiverde.

«Éstos han sido definitivamente visados y aprobados por la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes en su sesión de fecha 17 de septiembre de 2020, produciéndose su entrada en vigor desde ese mismo momento. Las antedichas modificaciones afectan a los siguientes artículos del Reglamento General de la RFEF», sigue la circular. Entre ellos, cita el manido «artículo 101».

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