Campaña abonos Córdoba CF

FACUA Córdoba denuncia a la Unión Futbolística Cordobesa por cláusulas abusivas en los abonos

Este lunes se inició la campaña de abonos del Córdoba CF

Un seguidor haciéndose abonado del Córdoba CF en las dependencias de El Arcángel Valerio Merino

F.L.

FACUA Córdoba ha denunciado a la Unión Futbolística Cordobesa SAD (Córdoba CF) ante la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía por incluir posibles cláusulas abusivas en las condiciones generales de contratación de sus abonos para la próxima temporada. Según el comunicado, FACUA dice que « el club impone en dichas condiciones «la pérdida de las cantidades abonadas » en caso de que el contrato no pueda cumplirse por causa de fuerza mayor, como la reducción del aforo, la imposición de jugar a puerta cerrada determinados partidos o cualquier medida que guarde relación directa o indirecta con la situación sanitaria actual del Covid-19.

En este sentido, FACUA Córdoba advierte de que «la imposición de este tipo de cláusulas puede suponer una infracción grave en materia de consumo , al ser contrarias a lo que dispone el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias».

Así, la asociación señala que «la Unión Futbolística Cordobesa SAD (Córdoba CF) ha podido incurrir en una infracción por «incumplimiento de obligaciones o prohibiciones contractuales legales », que el artículo 71.6 de la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía señala como aquellas que representen cláusulas reconocidas como abusivas por la legislación de defensa de los consumidores». De igual forma también explican que «el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007 también considera como abusivas aquellas prácticas que «en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes», mientras que el artículo 82.4 entiende abusivo «vincular el contrato a la voluntad del empresario» y el artículo 87 «la falta de reciprocidad en el contrato».

FACUA Córdoba también ha advertido que «la sanción a la que se puede enfrentar el Unión Futbolística Cordobesa SAD (Córdoba CF) por vulneración de la normativa de consumo lleva aparejada una multa de entre 5.001 y 60.000 euros según indica la legislación andaluza de protección a los consumidores». Es por ello que este organismo ha solicitado a la Dirección General de Consumo, dependiente de la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, que «realice las investigaciones que considere oportunas e inicie el correspondiente expediente sancionador».

FACUA Córdoba lamenta en el propio comunicado que «el club vulnere de esta forma la protección de los consumidores y busque únicamente su beneficio propio en caso de que no pueda cumplirse en parte o en su totalidad el contrato y espera que reconsidere esta decisión en beneficio de los consumidores y usuarios, es decir, sus abonados, para que no exista un enriquecimiento injusto por parte del club de fútbol».

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