RESOLUCIÓN

Aquí tienes el contenido íntegro del auto que aparta al juez Bujalance del concurso y venta del Córdoba CF

El ponente de la resolución Pedro Roque Villamor cree que se ha perdido «la apariencia de imparciliadad» del magistrado

El juez Antonio Fuentes Bujalance, en su despacho Rafael Carmona

J. G.

«Se estima la existencia en el Magistrado don Antonio Fuentes Bujalance de la causa de recusación alegada, quedando apartado definitivamente del conocimiento del concurso de referencia. Notifíquese y remítase copia de esta resolución al Juzgado de lo Mercantil para su conocimiento y efectos. Contra esta resolución no cabe recurso », así recoge el auto del Audiencia Provincial de Córdoba, al que ha tenido acceso este periódico, en la parte dispositiva que estima la recusación y aparta al juez mercantil del procedimiento del concurso.

Auto Recusación Audiencia de Córdoba 20-02-20 by Javier Gómez-Abc Córdoba on Scribd

La resolución estima la causa de recusación porque «la imparcialidad formal, esa apariencia de imparcialidad, de la percepción que desde el exterior tenga un observador imparcial, y que en este caso se ha perdido por ese alineamiento con el club afectado en un caso en el que, es una realidad objetiva, la decisión que se pretendía (autorización de venta de la «unidad productiva») no se acomodaba a lo que podríamos considerar trámite ordinario en un concurso que se acaba de iniciar y precisado de una especial agilidad».

Explica el ponente, Pedro Roque Villamor, que «evidentemente, la materia sobre la que se dictaron los autos de 18 y 26.11.2019, tenían una gran importancia para la entidad, como lo tendrá también la resolución del recurso de reposición interpuesto. La situación a contemplar es la de la manifestación pública de “cordobesismo” en el momento en que se hace, como dato objetivo cercano al objeto litigioso y que supone una concreción de esa afición por un determinado club de fútbol».

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