AJUSTES EN EL Distrito sur
Cierra en Cabra la clínica oncológica por falta de apoyo del SAS
Un juzgado da la razón a Satse y se opone también a la aplicación de la jornada de 37,5 horas
La clínica de tratamiento del cáncer que el grupo Oncosur tiene en Cabra cerrará sus puertas de manera inmediata y definitiva en pocos días. Los motivos son la falta de un concierto con el Servicio Andaluz de Salud (SAS) —dependiente de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía— para el tratamiento de pacientes del sur de Córdoba y, sobre todo, el hecho de no haber tenido «ningún apoyo por parte de las distintas fuerzas políticas», según aseguró a ABC el gerente de la citada clínica, Antonio Recio.
Cabe recordar que desde la inauguración de Oncosur en el año 2008, la clínica, de carácter privado, ha estado a la espera del concierto de los servicios que imparte.
De nada han servido las reivindicaciones de los distintos colectivos vinculados a la lucha contra el cáncer y a la ayuda de enfermos y pacientes para que este concierto fuese un hecho.
Durante años, la clínica se ha mantenido gracias a la derivación de pacientes de la zona de Jaén a Cabra. No obstante, la paciencia para la empresa ha tenido un límite y por ello, ha decidido trasladar las instalaciones hasta el hospital San Juan de Dios de Córdoba, donde seguirán tratando a los pacientes de las zonas de Jaén donde sí permanece el concierto.
Esto supondrá además el traslado de algunos profesionales del centro egabrense y otros despidos.
Jornada de 37,5 horas
Por otro lado, el Sindicato Profesional de la Enfermería Satse-Córdoba hizo público ater el fallo de los juzgados de lo Contencioso en Córdoba, con motivo de la demanda interpuesta por el sindicato contra la resolución del director gerente del Distrito Sanitario Sur para la aplicación de las 37,5 horas semanales en todos los centros sanitarios adscritos al distrito, repercutiendo ello «en la jornada laboral de cerca de 900 profesionales sanitarios y no sanitarios», según indica Satse en un comunicado.
La sentencia «anula la Resolución para la aplicación de las 37,5 horas en Distrito Sanitario Sur, haciendo suyas las tesis y pronunciamientos de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de 18 de junio de 2014, obtenida en su día también por Satse y que afectaba al Área Sanitaria Norte de Córdoba; quedando claro que la jornada laboral forma parte sustancial de las condiciones de trabajo de los profesionales y que las Direcciones Gerencias no tienen competencias legales para modificar la misma, correspondiendo esta atribución al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, dado que no hubo acuerdo en el ámbito de negociación».