Estadísticas electorales

Sobre los presuntos vicios y virtudes de la ley D’Hont, y a modo de sencilla lección de estadística, nos escribe ENRIQUE AYUSO LOZANO, que discrepa de la opinión de Melchor Miralles y, añade, de la de Ignacio Camacho, «a quien admiro profundamente». Ambos se refirieron días atrás a la citada ley electoral, «atribuyéndole –añade el lector– la penalización de los partidos pequeños en el reparto de escaños en el Congreso». «El señor D’Hont se limitó a proponer un sistema aritmético que soluciona en números enteros el reparto –en cada circunscripción– de escaños, porque no pueden asignarse 1,8 o 2,2 diputados; y su influencia en el reparto total de los 350 diputados es mínima. La citada penalización proviene de que la circunscripción sea la provincia, porque hay tal diferencia de habitantes entre unas y otras que hace que en Madrid y Barcelona (ambas con más de treinta diputados) el reparto sea casi directamente proporcional y pueden entrar partidos pequeños, mientras que en Soria, por ejemplo, con tres diputados, solo pueden ganar los dos grandes. Como quiera que más de cuarenta provincias tienen menos de diez diputados, está clara la poca proporcionalidad en ellas, excepto para los partidos nacionalistas, porque sus votos se concentran en pocas provincias, donde son tan mayoritarios como los dos grandes. ¡El señor D’Hont es inocente!».

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