La Fiscalía pide tres años de cárcel para Olivas por fraude fiscal

El exvicepresidente de Bankia está acusado también de un delito de falsedad documental

A. CAPARRÓS

José Luis Olivas se enfrenta a una petición de tres años de cárcel por un delito de fraude fiscal. La petición de prisión realizada por el ministerio público para el que fuera presidente de la Generalitat Valenciana y de Bancaja y vicepresidente de Bankia no está derivada de su gestión al frente de las entidades financieras (por las que está imputado en otras causas), sino que procede de una operación realizada a través de Imarol, una firma de su sociedad.

En concreto, el empresario Vicente Cotino abonó a la firma del expresidente de la Generalitat medio millón de euros por su papel de intermediación en la venta de unas acciones. Sin embargo, la fiscal que investiga el caso y la Agencia Tributaria interpretan que este pago no se correspondería a un servicio prestado sino que podría tratarse del pago de una comisión. El fraude fiscal se produjo cuando Vicente Cotino, sobrino del expresidente de las Cortes Valencianas, Juan Cotino, se desgravó la factura de la empresa de Olivas.

Así consta en el escrito provisional del fiscal, en el que se le reclama la misma pena de prisión para Vicente Cotino y se solicita la apertura de juicio oral para ambos y para las sociedades grupo Fiscal Asedes Capital S.L., Sedesa Inversiones S.L. e Imarol S.L.

Según la fiscal, el empresario pagó a Imarol, sociedad de Olivas y de su mujer, 500.000 euros más 80.000 euros de IVA por unas supuestas actividades de gestión y asesoramiento en la venta por Sedesa Inversiones S.L. –de Vicente Cotino– a Endesa de su 25% en Proyectos Eólicos Valencianos S.A., pese a que esta actividad «no existió». De esta forma, el pago se trataba de una «liberalidad» de Cotino a Olivas, «que en ningún caso puede ser considerada gasto deducible en el impuesto de Sociedades», mantiene. El escrito indica que cuando los inspectores de la Agencia Tributaria requirieron a Olivas que acreditara la realidad de los servicios que figuraban en la factura, este aportó un informe de tres páginas firmado por su esposa en abril de 2008 a indicación de este. Ese informe «no respondía a ninguna gestión llevada a cabo para dicha venta, ni contenía ninguna información útil para ella», señala el fiscal, quien precisa que, debido a la declaración como gasto de esa transferencia en el impuesto de Sociedades de 2008, la cuota a ingresar a la Hacienda Pública resultó «inferior en 150.000 euros a la debida». La Fiscalía estima que estos hechos son constitutivos de un delito contra la Hacienda Pública y otro de falsedad documental.

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