UN CONCEPTO ESQUIVO
Las explicaciones para justificar las tarjetas de gastos tienden al ridículo, añaden culpa en la mayor parte de los casos
Bajo el paraguas equívoco de «gastos de representación», que por un lado deducen de la base imponible del impuesto de Sociedades y por otro quedan fuera del perímetro del IRPF y de la correspondiente retención, al fisco le hacen un buen agujero. Esos «gastos» se acogen al principio de que son necesarios para obtener ingresos, para el desenvolvimiento de las actividades de la empresa. Bien ponderados la mayoría son innecesarios, puro derroche, ejercicios de apariencia y abuso. Pero proliferan porque tienen incentivos evidentes. Sin esos beneficios fiscales buena parte de esos gastos, eufemísticamente llamados de representación, desaparecerían.
El caso de las tarjetas de Caja Madrid-Bankia abre en canal el tema y obliga a clarificar la figura, a definir con mucha más precisión y exigencia qué gastos son necesarios y por ello deducibles. Se taparía así uno de esos agujeros por los que se pierden ingresos fiscales y, además, se abre la puerta a irregularidades con traza de soborno. El concepto de gasto de representación es muy ambiguo. ¿Qué tenían que representar los agraciados con las tarjetas? Desde luego que el repaso de los extractos de casi todas ellas no detecta gastos que merezcan el carácter de necesarios para el negocio de la caja. Casi todos son gastos personales y ninguno ha sido justificado. El sistema de contabilizar esos gastos pone de manifiesto el dolo, ya que se enmascaraban en cuentas y partidas que propiciaban el engaño. Los agraciados se excusan con el argumento de que eran retribuciones, que imaginaban que la Caja cumplía con las normas de retenciones y justificación y que simplemente cumplían órdenes, que les dijeron que era dinero para gastos personales y que no se preocuparan, que todo estaba hablado con quien correspondía. Todo es fácil de comprobar, basta con que el juez pregunte, aunque habrá olvidadizos que no recordarán ni quién les dio la tarjeta ni quién les dijo qué. Pero son olvidos de patas cortas, las comprobaciones son de primero de investigación policial o judicial.
Al margen de las responsabilidades concretas del caso, la Agencia Tributaria debería proceder, con diligencia y urgencia, a acotar y clarificar conceptos retributivos tan esquivos como los que ha destapado este escándalo.