Cádiz

El TSJA confirma las penas de prisión para dos narcos de La Línea de la Concepción

Fueron sorprendidos tras alijar 315 kilos de hachís en la playa del Tonelero; han sido condenados a más de cuatro años de cárcel

Imagen de archivo de un alijo de hachís en una playa de La Línea de la Concepción ABC

Soraya Fernández

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ( TSJA ) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Julián Francisco L.R . contra la sentencia que la Sección de Algeciras de la Audiencia Provincial de Cádiz emitió en junio de 2017, que lo condenaba a cuatro años y seis meses de prisió n; y a cuatro años a Ricardo F.S., así como una multa de 1,5 millones de euros a ambos por un delito contra la salud pública tras un alijo de hachís.

Los hechos ocurrieron en la noche del 19 de marzo de 2016 , cuando agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil fueron alertados de un alijo de droga en una embarcación en la playa del Tonelero, en La Línea de la Concepción. La droga fue introducida en vehículos todoterreno que fueron perseguidos por los efectivos hasta que éstos detectaron en una parcela del Camino de Los Ángeles uno de estos vehículos y a los acusados, Ricardo F. S., sin antecedentes penales, y a Julián Francisco L. R., con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia, ya que fue condenado en 2009 a tres años y dos meses de prisión y multa por un delito contra la salud pública.

Ambos saltaron el muro trasero de dicha parcela pero fueron detenidos de forma inmediata por los efectivos policiales. En la parcela se encontraba además un Toyota Land Cruiser utilizado para transportar los fardos de hachís y que había sido sustraído en Moguer (Huelva).

El análisis de la sustancia aprehendida arrojó un peso total de 315,627 kilos de resina de hachís con un índice de pureza del 27%. El valor estimado de la droga fue de 500.900 euros.

Según la sentencia de la Audiencia Provincial que ha ratificado ahora el TSJA, Ricardo F. S. había alquilado la parcela y, de común acuerdo con Julián Francisco L. R., la utilizaban para la guarda y custodia de la droga hasta su posterior venta y distribución.

La representación del acusado Julián Francisco L. R. recurrió en apelación la sentencia alegando la supuesta vulneración de la presunción de inocencia , error en la valoración de la prueba e infracción de ley y quebrantamiento de forma. Tachó la sentencia de imprecisa en el relato de hechos, negó que sus declaraciones fueran contradictorias y manifestó que las testificales de los agentes no eran convincentes , entre otros argumentos.

El Alto Tribunal andalu z concluye que la prueba testifical de los funcionarios policiales que intervinieron en el seguimiento y localización del todoterreno y en el avistamiento y detención de los acusados pone de manifiesto que éstos se hallaban en posesión del alijo de hachís intervenido y que lo habían trasladado a la parcela donde fueron interceptados en el vehículo todoterreno marca Toyota que se hallaba en la misma.

«Las declaraciones prestadas por los agentes de la Policía Nacional en el juicio oral acreditan sobradamente la participación del apelante en el hecho punible. Los acusados fueron vistos por varios de los agentes cuando, al apercibirse de la presencia policial, trataron de huir saltando el muro trasero de la parcela a la cual había sido traído el automóvil que transportaba la droga intervenida; los policías acudieron inmediatamente al lugar y encontraron a ambos acusados escondidos entre unos arbustos junto al muro, próximos entre sí, no habiendo más personas en los alrededores», señala el TSJA, que ha desestimado el recurso y confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz.

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