CÁDIZ
Confirmada la condena de 21 meses de prisión para la exconcejal del PP de Algeciras Laura Ruiz
La Audiencia Provincial de Cádiz desestima su recurso y confirma el fallo del juzgado de lo Penal por delitos contra la intimidad, integridad moral y coacciones
Deberá indemnizar con 10.000 euros al abogado de su exmarido por daños morales al publicar un anuncio de índole sexual suplantando su identidad
![La exconcejal del PP del Ayuntamiento de Algeciras Laura Ruiz](https://s2.abcstatics.com/media/andalucia/2022/05/02/s/laura-ruiz-k3oE--1248x698@abc.jpg)
La sección de Algeciras de la Audiencia Provincial de Cádiz ha confirmado la sentencia dictada por el juzgado de lo Penal contra Laura Ruiz , quien fue concejal de Educación, Medio Ambiente y Pesca del Ayuntamiento de Algeciras por el PP, a una pena de 21 meses de prisión por delitos contra la intimidad y la integridad moral, y por coacciones al publicar un anuncio de contenido sexual haciéndose pasar por el abogado de su exmarido.
Laura Ruiz, que dimitió de sus cargos en el Ayuntamiento de Algeciras el pasado mes de septiembre tras conocer la sentencia del juzgado de lo Penal número uno de Algeciras, ha sido representada por el mediático abogado Marcos García Montes , que recurrió el fallo.
La sala de la Audiencia Provincial de Cádiz ha desestimado dicho recurso de apelación y confirma el fallo del citado juzgado de lo Penal, aunque no deberá cumplir pena privativa de libertad al no tener antecedentes y ser la condena menor a los dos años. Eso sí, el fallo la inhabilita para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, que priva al penado del derecho a ser elegido para cargos públicos , por el tiempo de la condena.
«Debo condenar y condeno a Laura Ruiz como autora penalmente responsable de un delito contra la intimidad en su modalidad de revelación de secretos del artículo 197.2 del Código Penal, a un año de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena; a la pena de 12 meses de multa a razón de dos euros diarios por el delito contra la integridad moral previsto en el artículo 173.1 del Código Penal, a la pena de seis meses de prisión con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho pasivo por el tiempo de la condena; y por el delito de coacciones previsto en el artículo 172.TER 1.30 del Código Penal a la pena de tres meses de prisión con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho pasivo por el tiempo de la condena», recoge el fallo judicial que ha confirmado la Audiencia.
Además, en concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar con 10.000 euros al abogado Jesús Trujillo, que representó a su ya exmarido durante el proceso de divorcio.
Según recoge en el apartado de hechos probados la sentencia de la Audiencia Provincial a la que ha tenido acceso ABC , Laura Ruiz mantuvo una relación matrimonial con A. J.G.S., relación que cesó en 2016, «protagonizando los citados varios litigios judiciales, entre los que se encuentran un procedimiento de por violencia de género en el que se absolvió a su excónyuge de los hechos que se le imputaban».
La acusada, según los hechos probados, «al no verse beneficiada por la actuación de su exmarido y su letrado», realizó una publicación desde una IP desde el domicilio familiar , haciéndose pasar por el citado abogado «con el ánimo de perjudicar su imagen».
«Chico busca chico para sexo ocasional»
Lo hizo en agosto de 2017 en la web Milanuncios.com con un anuncio de contenido sexual y orientación homosexual dentro de la categoría de masajistas: «Chico busca chico para sexo ocasional. Busco chico para sexo ocasional. No te arrepentirás. No cobro ni pago».
«Dicho anuncio causó vergüenza y preocupación al letrado, afectando a su vida personal y profesional. El teléfono publicado en el anuncio era el único utilizado por el letrado y era de fácil acceso debido a su actividad profesional, encontrándose inserto, entre otros, en el Censo de Letrados y en la página oficial del Consejo General de la Abogacía Española», recoge la sentencia.
El anuncio registró más de 4.000 visitas y el abogado recibió llamadas y mensajes solicitando encuentros y/o servicios de contenido sexual en su teléfono particular que también usaba para su actividad profesional, «lo que le produjo un grave quebranto al desarrollo normal de su vida, causándole perjuicios de índole moral, personal, familiar y profesional».
La sala también confirma el delito contra la integridad moral contra el abogado de su exmarido, «que se encontraba casado y en aquel entonces buscando hijos , con una orientación homosexual. Obviamente y de forma objetiva afectó a la integridad moral y profesional, teniendo que soportar burlas en los juzgados y tribunales, e incluso por clientes del turno de oficio, especificándose que ese plus del aspecto sexual de ofrecer servicios (además de orientación homosexual) introduce un elemento peyorativo que atenta de forma directa a la integridad moral del perjudicado, añadiéndose que no cabe la menor duda de que desde que se publicó el anuncio recibió un número de llamadas y mensajes que alteró su rutina, además de ser objeto de mofas tanto en su vida como en la de su familia, hasta el punto de haber trasladado su residencia a la localidad de Cádiz».
Contra este fallo, Laura Ruiz puede interponer recurso ante el Tribunal Supremo.
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