Cofradías Cádiz

Magna Cádiz 2022: La procesión ya cuenta con el visto bueno oficial de la autoridad eclesiástica

Con este decreto del delegado episcopal, y salvo que los estatutos particulares así lo especifiquen, las cofradías no tendrán que convocar cabildo extraordinario para participar

Ecce-Homo participará en la procesión Magna A. V.

A. M.

Días después de que se conozcan las imágenes que estarán el próximo 17 de septiembre en la procesión Magna de Cádiz 2022 , el Consejo Local de Hermandades ha recibido la autorización eclesiástica.

Juan Enrique Sánchez Moreno, delegado episcopal de hermandades y cofradías, ha dado el visto bueno al organismo de la calle Cobos con un decreto en el que permite la celebración de la procesión Magna que se desarrollará con motivo de la conmemoración del tricentenario del inicio de las obras de construcción de la Catedral de Cádiz .

En dicho decreto se aclara: «Venimos a autorizar y autorizamos al Consejo Local de Hermandades y Cofradías de Cádiz, la organización y celebración de la Procesión Magna solicitada para el día 17 de septiembre de 2022, así como la participación de la misma de las Hermandades que para ello sean convocadas por el Consejo Local , recordándoles, tanto a dicho Consejo como a las Hermandades y Cofradías participantes, el deber de respeto que tienen a las normas que dicte el Excmo. Cabildo Catedral a tal efecto , como al cumplimiento de la Normativa Diocesana y los Estatutos Particulares de las Hermandades y Cofradías convocadas, aplicables a dicha salida procesional».

De esta forma, con esta autorización , las corporaciones que van a participar en esta procesión Magna no están obligadas a convocar cabildos extraordinarios para decidir con respecto a esta salida salvo que de forma expresa quede así recogido en sus Estatutos Particulares.

Ese será el caso, por ejemplo, de la archicofradía del Ecce-Homo que ya ha anunciado que ante tal decreto emitido por el delegado episcopal de las hermandades y teniendo en cuenta lo que recogen las normas particulares « consideramos innecesaria la celebración de un cabildo general extraordinario para confirmar la participación en esta celebración a la que hemos sido invitados por la autoridad eclesiástica». No obstante, sí recoge que «si en el seno de nuestra hermandad se produjera inquietud a este respecto, recordamos que el artículo 63.3 de nuestras reglas establece que se podrá convocar cabildo general extraordinario cuando lo soliciten por escrito dirigido al hermano mayor el 15% del número total de Hermanos con derecho a voto».

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