TRIBUNALES
Prisión para un empresario de la construcción por la muerte de un obrero
El juez detecta falta de medidas de seguridad y prevención en el lugar donde se estaba desarrollando la actividad
Un empresario de la construcción ha sido condenado a dos años de prisión por la muerte de un trabajador en el tajo. El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Almería advierte en su sentencia de que sobre la víctima cayeron chapas de encofrado de grandes dimensiones y que cuando ocurrió el siniestro se apreciaban en la obra falta de medidas de seguridad y prevención . Además, le ha impuesto a este constructor una multa de 2.520 euros y una indemnización de 177.227 euros a la mujer e hija del fallecido.
El accidente tuvo lugar el 27 de febrero de 2008 en el término municipal de Macael. La víctima trabajaba en la construcción de 58 viviendas desde hacía dos meses. Ese día estaba desarrollando labores de desencofrado. Una de las chapas que manipulaba le cayó encima y le ocasionó importantes lesiones. Días más tarde falleció como consecuencia de un traumatismo cervical.
El magistrado sostiene que la promotora de la obra «no adoptó, como era su obligación, las necesarias medidas de seguridad que hubieran evitado el accidente, no existiendo un plan de seguridad y salud de la obra, ni un procedimiento de trabajo para el desencofrado», lo que está considerado como una tarea «muy peligrosa» para la que el trabajador, que estaba empleado como peón, no estaba «cualificado ni experimentado» . Además, el juez argumenta que el fallecido «tampoco había recibido a tal efecto los necesarios cursos de formación a costa de la empresa empleadora» ni disponía de alguna «medida adicional de seguridad».
En sus fundamentos, establece que la obra adoleció de otras medidas y planes de seguridad que se exigen por Ley a este tipo de actuaciones, ya que no se ha presentado para la causa el plan de seguridad y salud, el libro de incidencias o la declaración del coordinador de seguridad. En este sentido, subraya el «total desconocimiento» que presentó el empresario sobre las condiciones de seguridad de la obra, el número de empleados con el que contaba o el cargo que ocupaba la víctima, de quien creía que era «oficial», así como sobre la empresa a la que atribuía la seguridad de la obra, entre otras cuestiones.