TRIBUNALES
Más de 23 años de cárcel para el hombre que mató a su bebé en Níjar
Todos los miembros del jurado rechazaron que el acusado sufriera algún tipo de trastorno mental

Hicham B. ha sido condenado a 23 años y diez meses de prisión por matar a su bebé, de 45 días , en el hogar familiar en Campohermoso (Níjar). La Audiencia Provincial de Almería ha impuesto una pena de 21 años por asesinato, dos años por violencia de género y diez meses por un delito de lesiones.
El Tribunal del Jurado emitió su veredicto el pasado 1 de junio, y ahora ha sido cuando la Sección Segunda ha dado a conocer la sentencia que, además, prohíbe a Hicham B. a acercarse o comunicarse con su mujer durante 31 años y medio y deberá indemnizarla con 120.000 euros. Todos los miembros del jurado rechazaron que el acusado sufriera algún tipo de trastorno mental que «le impidiera comprender las consecuencias de sus actos». El procesado aseguró que «sus hechos se debieron a una acción involuntaria» y afirmó no recordar más allá de ver al bebé en el suelo.
El falló señala que «los indicios en torno a la autoría de Hicham B. eran abrumadores» , siendo corroborados por testigos y por la madre del bebé que presenció la agresión. El jurado también se mostró contrario sobre una posible suspensión de la pena o indulto, dando por acreditado que el acusado «golpeó dos veces contra el suelo al niño» , intentándolo una tercera vez que fue impedida por la mujer.
La mujer declaró diferentes capítulos de agresiones físicas antes, durante y tras el embarazo , amenazas de muerte hacia el bebé y la negativa de su marido a que ella trabajara o se comunicara por teléfono. De hecho, los golpes que le propinó el día del asesinato le provocaron diferentes heridas en el rostro.
«Yo no soy machista», llegó a contestar a las preguntas de la acusación. Su defensa argumentó que había sufrido un «brote de trastorno psicológico», porque desde que había nacido el niño «no dormían» y se fumaba varios cigarrillos de marihuana por las noches, además de estar más de 20 días en ayuno con motivo del Ramadán.
La sentencia recoge que los hechos encajan con una conducta «alevosa», ya que se trata de un bebé, incapaz de defenderse, que fue arrebatado a su madre de forma sorpresiva. Las declaraciones y los informes forenses determinaron que el acusado «no presentaba rasgos de carácter patológico» , ni psicopáticos, esquizofrénicos o enfermedad mental grave.
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