ALMERÍA

El SAS indemnizará con 20.000 euros la muerte de una anciana tras una «deficiente atención» en Almería

El Consejo Consultivo de Andalucía considera que se trata de un supuesto de «mala praxis» pero rechaza que el daño que alegan los hijos, que solicitaban más de 122.600 euros, fuese el fallecimiento

Sede del Consejo Consultivo de Andalucía E. Press

S.A.

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) tendrá que indemnizar con más de 20.000 euros a los hijos de una mujer de avanzada edad que recibió una «deficiente asistencia sanitaria» después de sufrir un traumatismo craneoencefálico que «debió ser calificado como moderado» por los médicos del centro de salud y que finalmente le causó la muerte.

Así lo ha dictaminado el Consejo Consultivo de Andalucía (CAA), que considera que se trata de un supuesto de «mala praxis» que condujo a «una pérdida de oportunidad», pero rechaza que el daño que alegan los hijos, que solicitaban más de 122.600 euros, sea el «fallecimiento mismo, que se habría producido igualmente con una alta probabilidad si no se hubiera demorado el diagnóstico al ser una lesión con limitado porcentaje de supervivencia».

La resolución, consultada por Europa Press, avala la estimatoria parcial que ya hizo el SAS y señala para moderar la cuantía de la indemnización que también influyó en el fatal desenlace, tal y como quedó acreditado en vía penal, que los familiares no «vigilasen» a la paciente y alude a que uno de los hijos testificó que «no sabía qué medicación tomaba su madre».

El Consultivo recoge el informe forense que apunta que, en la actuación por parte de los facultativos, que se remonta a 2012 , «no se tuvieron en cuenta los factores de riesgo» que presentaba la mujer dada su edad superior a 75 años y antecedentes médicos que le obligaban a la toma de anticoagulantes orales.

Subraya que, a la vista de estos factores de riesgo, «debió considerarse el traumatismo craneoencefálico, principal motivo de la consulta, como moderado y no como leve».

Añade, aludiendo al citado informe forense, que la sanitaria responsable debió considerar la necesidad de haber realizado un control de INR, así como pruebas de radioimagen complementarias tales como TAC o RMN nuclear, y que, dado que su «medio laboral carecía de medios técnicos y humanos necesarios para el manejo» de la lesión, debió derivarla al centro hospitalario de referencia.

«La actuación médica que precisó la paciente fue incompleta y no ajustada a los protocolos de actuación médica consultados», señala la resolución, que matiza, en atención al informe emitido por el SAS, que la fragilidad derivada de la avanzada edad de la paciente se asocia «a un aumento del riesgo de mortalidad de entre un 15 y 50 por ciento».

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