El TS dice a Zarrías que no puede recurrir la exposición razonada de su imputación
Acusaba al juez Jorge Barreiro de convertir en «prevaricadoras» las leyes del Parlamento Andaluz que avalaron las ayudas
El juez del Tribunal Supremo, Alberto Jorge Barreiro, ha aclarado al exconsejero de Presidencia de Andalucía y exdiputado Gaspar Zarrías que no puede recurrir la exposición razonada en la que concretó su imputación por un delito de prevaricación administrativa en el marco de la causa en la que investiga los ERE supuestamente fraudulentos de la Junta de Andalucía .
En una providencia notificada este jueves, a la que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado instructor r echaza la tramitación del recurso de apelación presentado por la defensa de Zarrías, al considerar que contra la exposición razonada, en la que se pedía el suplicatorio para actuar contra Zarrías, el expresidente de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y el exconsejero de Empleo José Antonio Viera , «no cabe recurso alguno».
En el recurso, presentado el pasado 1 de julio, la representación de Zarrías rechazaba las acusaciones vertidas contra él por el instructor del caso de los ERE , al que acusaba de convertir en «prevaricadoras» las leyes del Parlamento Andaluz que avalaron las ayudas y de someter a juicio las decisiones de la Junta.
El exconsejero también calificaba la instrucción en el Tribunal Supremo de «ineficaz» por no poner en duda los planteamientos de la juez de Sevilla Mercedes Alaya , con el objetivo de «someter a juicio penal las decisiones legislativas de la Junta de Andalucía», lo que suponía convertir el sistema judicial penal en «un mero instrumento de política».
El letrado de Zarrías, Gonzalo Martínez-Fresneda , también sostenía que es "público y notorio" que los parlamentarios, cuando son imputados, «son impulsados a abandonar el acta tan pronto como se solicita suplicatorio contra ellos». Al no tener el delito de prevaricación más pena que la inhabilitación, considera que «sin exceso alguno, puede decirse que la imputación es su condena».
Sobre el fondo de las acusaciones, la defensa señalaba que la decisión del magistrado Jorge Barreiro no tiene precedentes en la historia judicial española «en la medida de que por primera vez se dirige reproche penal para castigar una responsabilidad que, de existir, sería de naturaleza exclusivamente política».