El Tribunal Supremo ratifica su posición sobre las cláusulas suelo. Tal y como indicó en la sentencia del 9 de mayo, el Alto Tribunal las considera nulas en los casos en los que no se han cumplido todos los requisitos de transparencia, incluso si el cliente se ha benfeidciado en determinados periodos de las caídas del Euribor.
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Registro Mercantil de Cádiz, Tomo 1753, Libro 0, Folio 192, Hoja 30410 Inscripción 1ª C.I.F.: B-72000888 Domicilio social en Glorieta de la Zona Franca, Edificio Glorieta s/n 4ª Pta.
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