Un juzgado ordena la suspensión cautelar de la OPA de Gas Natural sobre Endesa
Para hacerla efectiva Endesa deberá presentar mil millones de euros en un plazo de diez días para responder de posibles daños y perjuicios
Actualizado: GuardarLa titular del Juzgado de los Mercantil número 3 de Madrid, Miriam Iglesias, ha dictado un auto en el que ordena suspender la tramitación de la OPA de Gas Natural sobre Endesa, así como la ejecución del contrato de compraventa de activos suscrito entre la gasista e Iberdrola. En el auto, la juez indica que para que se produzca la efectividad de las anteriores medidas Endesa deberá presentar mil millones de euros en un plazo de diez días "para responder de posibles daños y perjuicios derivados de la adopción y mantenimiento de las medidas cautelares acordadas".
Asimismo, ordena la notificación del auto a las partes, al Servicio de Defensa de la Competencia (SDC) y a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), informándoles de que las medidas acordadas sólo serán efectivas una vez quede constituida la caución establecida. De momento, los servicios jurídicos de la eléctrica se encuentran estudiando si aportar o no los mil millones necesarios para paralizar la oferta pública de adquisición (OPA) de Gas Natural, según lo establecido por el Juzgado.
La eléctrica había presentado una demanda de juicio ordinario contra Gas Natural e Iberdrola por un presunto pacto colusorio entre ambas. Endesa entendía que había existido concertación entre las dos empresas antes de lanzarse la OPA y que su actuación contravenía el artículo 81 del Tratado de la Unión Europea (UE). La eléctrica reclamaba la suspensión cautelar del acuerdo y de la tramitación de la OPA, en especial de la compra de acciones por parte de Gas Natural. La demanda fue admitida a trámite el 21 de diciembre y se formó pieza separada con las medidas cautelares solicitadas, pieza que se ha resuelto ahora.
El juzgado considera "razonable" la hipótesis de la concertación previa por "la magnitud de la operación", su "complejidad interna", las "especificidades de los mercados de gas y electricidad" y "la concreción de las plantas y unidades de negocio" incluidas en el acuerdo suscrito entre Gas Natural e Iberdrola. Según el auto, "no parece razonable que Gas Natural se lanzase a acometer una operación de tamaña envergadura sin tener asegurado el destino de esas plantas o unidades de negocio" como "vía para reducir la cuantía final del esfuerzo".
Necesidad de medidas cautelares antes de que se resuelva la OPA
El juzgado también coincide con Endesa en que una sentencia a favor de las tesis de la eléctrica "carecería de cualquier eficacia" si la operación ya hubiera terminado, por lo que opta por establecer medidas cautelares. No obstante, el auto subraya que las medidas cautelares "son susceptibles de producir consecuencias negativas en forma de perjuicios para las demandadas". Según el auto, Endesa ofreció un aval de un millón de euros, cifra que tanto Gas Natural como Iberdrola consideraron insuficiente.
Finalmente, el juzgado decidió supeditar la efectividad de las medidas cautelares a la presentación por parte de Endesa de un aval bancario de mil millones de euros. La resolución del juzgado de lo mercantil número 3 de Madrid, cuya titular es la magistrada Miriam Iglesias, puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid en un plazo de cinco días a partir de la notificación.
El auto ha sido notificado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y al Servicio de Defensa de la Competencia (SDC). Fuentes de la CNMV consultadas por EFE aseguraron que, tras recibir el auto, han suspendido la tramitación de la opa y que permanecerán a la espera de que la juez les comunique en los próximos diez días si Endesa impone el aval y si, por tanto, ha de paralizar la operación hasta que el juzgado se pronuncie sobre el fondo del asunto.