BMW

En el coche hay que hidratarse, pero no mientras conduces

Puede suponer una infracción de tráfico, sancionada con multa de 100 euros

MADRID Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

Los conductores ya tenemos conciencia de que conducir usando el teléfono móvil, tablets, ordenadores e incluso con auriculares puestos, está prohibido. Esa conducta supone una infracción de tráfico, sancionada con multa de 200 euros y detracción de 3 puntos del carnet de conducir.

Pero, ¿qué sucede si durante unos segundos despegamos la mano del volante para beber?. Pues lo cierto es que aunque se recomiende hidratarse y beber con frecuencia, especialmente cuando ahce calor y estamos realizando un recorrido de larga distancia, por conducir fumando, bebiendo agua o una bebida refrescante, o discutiendo con otro pasajero, entre otros hábitos, también nos pueden multar. Estaremos incumpliendo la normativa en materia de tráfico y seguridad vial.

Beber al mismo tiempo que se maneja el vehículo puede ser sancionados en base al artículo 18 del Reglamento General de Circulación.

Esta recoge las obligaciones que ha de cumplir el conductor del vehículo, indicando textualmente que este «está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía», según nos indican los asesores de Multayuda. A la vista de lo dispuesto en esta norma, es obvio que lo que se pretende es que los conductores pongamos los cinco sentidos en la conducción. Se perseguiría, así, un objetivo claro: la seguridad propia y del resto de pasajeros y usuarios de la vía.

Dado que la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial no prevé de forma expresa multar por este tipo de hábitos, la sanción que una conducta así podría llevar aparejada sería de hasta 100 euros, sin retirada de puntos del carné de conducir.

Según un estudio de la Universidad de Leeds, comer o beber al volante es más peligroso incluso que hacerlo hablando por teléfono, ya que «a reacción del conductor se incrementa un 44% si consume alimentos mientras conduce». En la gran mayoría de este tipo de denuncias prima cierta subjetividad del agente denunciante a la hora de multar, debido a que son conductas sobre las que no siempre existe testimonio gráfico por no ser registradass en una fotografía, video o similar, por lo que siempre se puede presentar un recurso con posibiliades de éxito.

Ver los comentarios