TRIBUNALES

El Club Náutico de Altea recurre a los tribunales ante la falta de respuesta del Consell

La institución alteana solicitó el pasado mes de agosto una renovación por tres años de su autorización temporal de explotación de las instalaciones portuarias pero no recibe contestación

Vista de los embarcaderos del Club Náutico de Altea ABC

ABC

Continúa el interminable litigio entre los clubes náuticos de la Comunidad Valenciana y en Consell por las concesiones administrativas. El Club Náutico de Altea ha ido un paso más allá para conseguir la renovación de su concesión , recurriendo a los tribunales por denegación presunta por silencio administrativo de sus solicitudes . Todo esto, en un ambiente en el que está previsto que el Consell modifique la Ley de Puertos de la Generalitat para terminar con las concesiones directas de los clubes náuticos y renovar las concesiones de las instalaciones portuarias a través de un concurso público.

El club alteano, que lleva más de 15 años explotando sus instalaciones con renovaciones mensuales , ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta por silencio administrativo, de la solicitud que el Club Náutico de Altea presentó ante la Consellería el 12 de agosto de 2015. El club solicitó entonces que se ampliara por tres años la última autorización temporal de explotación concedida y que se tramitase y otorgase la concesión de explotación definitiva.

Por otra parte, el CN Altea estudia formular recurso contra los actos por los que la Conselleria ha determinado la tasación de las instalaciones . La tasación se comunicó la semana pasada, según informa el club alteano en un comunicado, a través de «un simple correo electrónico». En el caso de Altea, las instalaciones han sido tasadas en 5,79 millones de euros, lo que lo convierte en el segundo más caro de la Comunidad Valenciana, tan solo por detrás del del Moraira. El Club Náutico de Altea ha solicitado una información más amplia respecto a esta tasación con el fin de estudiar el recurso a interponer.

Antecedentes

Con el último episodio judicial, ya son muchos los capítulos escritos sobre los litigios que enfrentan a los clubes náuticos de la Comunidad Valenciana y las instituciones. En septiembre de 2015, el Club Náutico de Altea interpuso Recurso de Casación contra la Sentencia de fecha 12 de Junio de 2015 dictada por la Sala Primera de Lo Contencioso Administrativo del TSJN de Valencia que desestimó la solicitud del Club Náutico de Altea para acabar con las renovaciones temporales y optar a una definitiva. El club alteano interpuso apelación por entender la desestimación como improcedente .

Dos meses después, en noviembre de 2015, el TSJ de la Comunidad Valenciana procede a admitir a trámite el Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina, de tal manera que los autos pasan al Tribunal Supremo para su estudio . La finalidad es que el Alto Tribunal interprete cómo se debe aplicar la normativa portuaria contenida en la Ley de Puertos estatal y valenciana.

A pesar de que el Club Náutico de Altea ha intentado en reiteradas ocasiones optar a la concesión definitiva , el Consell ha decidido «someter a la entidad a un régimen perpetuo de autorizaciones temporales», según el club, hasta que hace unas semanas se conoció que el gobierno autonómico pretende modificar la Ley de Puertos de la Generalitat para que las renovaciones de las concesiones de los clubs náuticos se hagan a través de un concurso público y no mediante un proceso negociado, que es lo que actualmente está contemplado tanto en la Ley autonómica como estatal de Puertos.

En el último año, el Club Náutico de Altea se ha reunido con responsables políticos municipales y recientemente, con el Director General de Obras Públicas de la Generalitat, Carlos Domingo, para intentar solucionar su situación.

La intención de modificar la Ley de Puertos de la Generalitat ha supuesto la movilización de la práctica totalidad de los clubes naúticos de la Comunidad que ven amenazada su continuidad.

Los clubes náuticos son asociaciones sin ánimo de lucro y, a su juicio, no pueden competir «en igualdad de condiciones» en un concurso público en el que «se primará el carácter economicista, frente al social y deportivo».

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