Tribunales
Una pyme valenciana logra llevar a juicio a Facebook en España por cerrar su perfil
Un juzgado de Valencia rechaza la pretensión de la red social de que la demanda presentada por Món Orxata se dirima en Estados Unidos
![Imagen del fundador de Món Orxata, Andoni Monforte](https://s1.abcstatics.com/media/espana/2017/06/01/1orxata-kzrE--1240x698@abc.jpg)
Món Orxata, una pyme valenciana fundada en 2003 de la que viven medio centenar de familias , ha logrado que «se juzgue a Facebook en España y no en Estados Unidos». La compañía, dedicada a la venta ambulante de horchata y que factura entre 700.000 y 1,2 millones de euros anuales, demandó en mayo del pasado año a la red social por «haber cerrado nuestro perfil sin aviso previo ni explicación», según explica a ABC el fundador de la empresa, Andoni Monforte, quien lamenta el quebranto económico que supuso para su empresa.
Món Orxata había empleado Facebook como su principal canal de comunicación por internet desde 2009. En 2016, tras el cierre del perfil, las ventas «on line» cayeron un 36%.
La pyme valenciana, que recuperó su perfil después de que fuera admitida a trámite la demanda tras haber permanecido cerca de un año con un mensaje de «cerrado permanentemente», solicita 6.000 euros a Facebook (el mínino legal) pero «sobre todo le reclamamos que rectifique públicamente por haber borrado nuestra memoria en internet y corrija sus políticas».
Facebook presentó un escrito ante el juzgado de primesa instancia de Moncada (Valencia) que instruye la demanda promoviendo un declinatorio por «falta de jurisdicción», que el magistrado ha desestimado. De hecho, en un auto fechado el pasado 10 de mayo al que ha tenido acceso este periódico acuerda la «continuación del procedimiento por los trámites oportunos» , por lo que se declara competente en detrimento de juzgados estadounidenses como solicitaba la parte demandada.
Contra la resolución cabía recurso de reposición, pero Món Orxata señala que Facebook -que pretendía que el litigio se dirimiera en California, de acuerdo con la cláusula de jurisdicción que impone en sus contratos- no lo ha presentado una vez finalizado el plazo del que disponía, por lo que ahora están a la espera de la audiencia previa y la posterior celebración del juicio, en un plazo de «entre cuatro meses y un año».
De acuerdo con el auto, la parte demandada (Facebooy Ireland Limited y Facebook Spain S.L.) alegaron que el juzgado de Valencia «carece de jurisdicción ya que el demandante (Mon Orxata S. L.) suscribió una cláusula de sumisión a los tribunales extranjeros , en concreto al Tribunal del Distrito Norte de California o a un Tribunal Estatal del Condado de San Mateo, California».
Según explica Monforte, «esta falta de competencia de los juzgados españoles y, por extensión, europeos era hasta ahora el primer gran e insalvable muro para las pequeñas y medianas empresas , dados los altísimos costes de litigar en Estados Unidos».
En los razonamientos jurídico s, el magistrado recuerda un auto de la sección sexta de la Audiencia Provincial de Valencia de 6 de marzo de 2000 que resalta que «la cláusula de sumisión a tribunales extranjeros tiene un carácter rigurosamente excepcional» y cita al respecto un sentencia del Tribunal Supremo de 10 de julio de 1990.
«Derecho a la tutela judicial efectiva»
El juez recalca que «frente a lo que sostiene la demandada, el carácter de persona jurídica de la demandante no le impide invocar la aplicación de la ley de Condiciones Generales de la Contratación» para cuestionar la aplicación de la cláusula impuesta por la «parte predominante en esa relación». Al respecto, el juez señala que se trata de una «red social con una incuestionable trascendencia mundial, dado los millones de personas que hacen uso de la misma, que obliga a quién con ella contrata, sea persona física o jurídica, a someterse a la juridisdicción de los Estados Unidos, lo que desde un punto de vista práctico dificulta o limita de forma significativa el derecho a la tutela judicial efectiva de estos usuarios, sean personas físicas o profesionales que, como en este caso, pretenden utilizar la proyección comercial que puede suponer a presencia en esa red y que, como sostiene la demandante, pueden verse perjudicadas en su imagen pública y publicitaria y su prestigio comercial por las decisiones que pueden adoptarse por la demandada».
Para el juez, «este coste desproporcionado que supondría para el demandante tener que presentar una demanda en los Estados Unidos para interesar, entre otros pronunciamientos, una condena al pago de 6.000 euros, es claramente contrario a lo dicho por el Tribunal Constitucional en la sentencia 61/2000 citada por la parte actora».
El juez cuestiona de esa forma la «validez de la cláusula de sumisión» esgrimida por Facebook que «como afirma el Ministerio Fiscal podría ser nula conforme a la legislación española» y, por ello, « debe desestimarse la declinatoria planteada, con condena en costas a la parte que la ha promovido» .
«Sentará precedente en Europa»
Para Andoni Monforte, se trata de una «demanda pionera que sentará precedente en Europa» para poder juzgar a Facebook, una red social que «ha estado siempre en el ADN de nuestra empresa».
Monforte lamenta que la red social dejó a su pequeña empresa (en la que el noventa por ciento de la plantilla son mujeres mayores) «huérfana de memoria e historia en internet». El creador de la pyme señala que « la pesadilla comenzó en el invierno de 2016 , cuando sin previo aviso ni notificación, Facebook decidió apagar a Món Orxata cerrando su página y colgando un mapa con su ubicación en Alobraya con el un cartel en el que se leía cerrado permanentemente». Meses después abrió otro perfil , que ahora convive con el que «restauró Facebook tras la admisión a trámite de la demanda».
![Viñeta del responsable de Diseño, Redes Sociales y Tienda Online de Món Orxata](https://s1.abcstatics.com/media/espana/2017/06/01/1vineta-U10108415902QFF-U204080499785t6E-510x456@abc.jpg)
Monforte explica que «multitud de clientes comenzaron a llamar para solidarizarse creyendo que la empresa había cerrado». El fundador de la pyme valenciana celebra que, una vez «rechazados los planteamientos de Facebook España para que el pleito se tramite en los EE.UU., y pendientes de la posición de Facebook Irlanda , la audiencia previa será el paso preliminar al posterior juicio que dirimirá el litigio entre las partes».
Según la defensa de Món Orxata, una vez sustanciados los recursos de Facebook Spain , el procedimiento seguirá adelante para dilucidar, entre otras cuestiones, si la cláusula de jurisdicción debe considerarse nula y si este tipo de prácticas son atentatorias contra el honor y la imagen de las empresas vinculadas a su identidad digital.
El objetivo de Món Orxata, «que a pesar de todo se declara seguidor convencido de la red de redes, es restaurar su honor y prestigio vinculados a su identidad digital» y espera que su determinación pueda ayudar a que «Facebook cambie su política a la hora de dar de baja un perfil de forma que nadie más, empresas o particulares, vea pisoteados sus derechos».