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Toda la oposición recurre en el Tribunal Constitucional la prisión permanente revisable

Los grupos etiman que es una cadena perpetua encubierta que vulnera cuatro artículos de la Carta Magna

Toda la oposición recurre en el Tribunal Constitucional la prisión permanente revisable efe

s.e.

Todos los grupos de la oposición en el Congreso de los Diputados han recurrido ante el Tribunal Constitucional la ley que reforma el Código Penal al estimar que la prisión permanente revisable que regula es una cadena perpetua encubierta que vulnera cuatro artículos de la Carta Magna.

El recurso contra dicha norma, que entrará mañana en vigor, ha sido firmado este mediodía en la Cámara Baja por los diputados Miguel Ángel Heredia (PSOE), Carles Campuzano (CDC), Antoni Picó (UDC), José Luis Centella (Izquierda Plural), Pedro Quevedo (Nueva Canarias), Aitor Esteban (PNV), Olaya Fernández (BNG), Joan Balldoví (Compromís) y Rafael Calduch (UPyD).

Los recurrentes alegan que la prisión permanente revisable vulnera cuatro artículos de la Constitución, en concreto el 15.1, que prohíbe penas inhumanas; el 17, que regula el principio de proporcionalidad; el 25.1, ya que no es una pena determinada sino que se prolonga en el tiempo incluso hasta la muerte del reo, y el 25.2, al restringir la posibilidad de reinserción.

El recurso ha sido elaborado por los socialistas, que de esta forma cumplen con su promesa de recurrir la prisión permanente ante el Constitucional, anunciada en cada uno de los debates parlamentarios sobre la reforma del Código Penal. Los socialistas presentaron la semana pasada a todos los grupos de la cámara el recurso para que se sumaran a la iniciativa , tal y como hicieron con el recurso contra la ley de Seguridad Ciudadana.

La prisión permanente revisable, prevista para casos como el de Bretón o el de los asesinos de Marta del Castillo, a lo largo de toda la tramitación parlamentaria los grupos de la oposición han sido muy críticos con su incorporación al ordenamiento jurídico español.

La nueva pena solo será aplicable a los delitos más graves , entre otros, los homicidios terroristas, los cometidos contra el Rey o el príncipe heredero y contra jefes de Estado extranjeros, genocidio, crímenes de lesa humanidad con homicidio y asesinatos agravados cuando la víctima sea menor de 16 años o se trate de una persona especialmente vulnerable. Acarrea el cumplimiento íntegro de entre 25 y 35 años, dependiendo del tipo del delito y si es uno o varios, tras lo cual se revisará la condena y si no se cumplen determinados requisitos para la libertad, el preso seguirá en prisión.

El ministro de Justicia volvió a defender ayer la constitucionalidad de esta medida, que «existe -recordó- en todos los países de la Unión Europea» . Rafael Catalá incidió en que se trata de garantizar que los delincuentes más peligrosos se han rehabilitado y, por tanto, son susceptibles de volver a reincorporarse a la sociedad».

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