El juez Pedraz ve ahora indicios de delito fiscal de Oleguer Pujol
A petición de Hacienda, paraliza la vía administrativa para que no prescriba
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El juez de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha decidido paralizar el procedimiento inspector de Hacienda respecto de Oleguer Pujol al ver indicios de que podría haber cometido delito fiscal. Esta medida ya le había sido solicitada en enero por la Fiscalía Anticorrupción, pero entonces el magistrado entendió que no había datos suficientes que indicaran la comisión de ese delito. El Ministerio Público recurrió en reforma, con el mismo resultado.
En diciembre pasado la Agencia Tributaria también se había pronunciado en el mismo sentido que Anticorrupción, pero al mes siguiente Pedraz ordenó a Hacienda que siguiera con su procedimiento hasta que hubiera más evidencias contra Oleguer Pujol y su exsocio, el también imputado Luis Iglesias.
El cambio de criterio del magistrado se produce después de haber recibido un avance de informe de Hacienda en el que se insiste en que el hijo pequeño de Jordi Pujol y Marta Ferrusola podría haber cometido un delito fiscal en 2009, por lo que en su opinión debía suspenderse el procedimiento inspector para que la investigación se hiciera en el ámbito penal, porque de no hacerse así el peligro de una prescripción de los hechos investigados en la vía administratva aumentaría considerablemente. El magistrado, en una providencia reciente accede a ello sin someterlo ahora a consideración de Anticorrupción.
El informe de Hacienda llegó al juzgado el pasado día 1 y en él se relatan las vicisitudes de este procedimiento. Así, explica que el 12 de diciembre de 2013 la Agencia Tributaria notificó a Oleguer Pujol el inicio de la inspección por el IRPF entre 2009 y 2012, del Impuesto sobre el Patrimonio de 2011 y 2012 y el Impuesto sobre el Valor Añadido de este último ejercicio. Posteriormente, el 18 de septiembre de 2014 se le comunicó la ampliación de las actuaciones a la declaración de bienes y derechos en el extranjero .
El 23 de julio de 2014 -por tanto, cuando el procedimiento inspector ya estaba en marcha- el menor de los Pujol hizo una declaración complementaria relativa al IRPF de 2009 e ingresó al Fisco 321.907,73 euros, al reconocer una ganancia patrimonial de 748.538,92 (su parte de la famosa herencia familiar, a la que siempre aluden, pero de la que no hay pruebas). «En consecuencia, el Sr. Oleguer Pujol ha podido incurrir en un presunto delito contra la Hacienda Publica», precisa el citado documento.
Hacienda considera que además del posible delito fiscal de 2009 hay «prejudicialidad penal respecto de los restantes conceptos y periodos impositivos. Así (...) se debe tener en cuenta el entramado societario domiciliado fiscalmente en Madrid controlado por Oleguer Pujol y Luis Iglesias , que confirman la existencia de indicios de posibles ilícitos penales, fiscales y de otra índole, cuya investigación sería más eficaz y eficiente en sede de la instrucción penal con el auxilio judicial encomendado a funcionarios de la Agencia Tributaria».
Una vía más eficaz
Para justificar esta afirmación, la Delegación de Cataluña de la Agencia Tributaria expone tres razones: las mayores y más intensas facultades investigadoras del ámbito de la instrucción penal frente a las del procedimiento administrativo, teniendo en cuenta además el carácter internacional de las distintas sociedades y operaciones de ambos socios; las posibles dupliciades entre las dos vías, con el riesgo de que ambas lleguen a conclusiones distintas, lo que perjudicaría su eficacia; y el hecho de que en los registros realizados se haya intervenido documentación que solo podrá ser analizada por los funcionarios actuantes si se les proporciona en el marco de una investigación penal, nunca administrativa, lo que aumentaría el riesgo de una prescripción de los plazos.
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