CASO RIVAS

El Ayuntamiento de Rivas gastó dinero público para defender a Tania Sánchez

El alcalde utilizó un servicio de asesores externos contratado por 6.000 euros para realizar un informe de apoyo a la entonces líder de IU, que ya no era concejal

El Ayuntamiento de Rivas gastó dinero público para defender a Tania Sánchez Óscar del Pozo

Javier Chicote

El pasado 9 de enero, el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid emitió una nota de prensa en la que aseguraba que « Tania Sánchez no tenía obligación legal de abstenerse en la votación en la que se adjudicó un contrato a la cooperativa Aúpa», administrada por su hermano Héctor.

El consistorio, encabezado por Pedro del Cura, apoyaba esta afirmación en un «informe solicitado por Rivas en el marco del "servicio de asistencia a ayuntamientos", que presta el Instituto de Derecho Local» de la Universidad Autónoma de Madrid.

El estudio, elaborado por el profesor Francisco Velasco -catedrático de Derecho Administrativo-, llama la atención porque defiende la actuación de Tania Sánchez más de lo que ella misma ha dicho en su defensa. El profesor Velasco apelaba a la «singularidad democrática de los ayuntamientos» y al «derecho de los concejales a ejercer sin obstrucción su cargo representativo». Pese a que reconoce el deber de abstención, el profesor de la Universidad Autónoma argumenta que en este caso no debe aplicarse porque la decisión de contratar al hermano de Tania Sánchez a cambio de 137.000 euros fue por «unanimidad».

La cooperativa Aúpa obtuvo del 29 contratos por 1,3 millones de euros

La nota de prensa incluía el estudio completo, de 14 páginas, pero no decía que había sido pagado con dinero público. Según la documentación a la que ha tenido acceso ABC, Rivas contrató a la Fundación de la Universidad Autónoma para que asesorara al ayuntamiento durante un año a cambio de 6.000 euros. El convenio fue aprobado el 16 de octubre de 2014 y recoge dos pagos por parte del ayuntamiento de 3.000 euros cada uno; el primero se debía abonar el pasado noviembre, mientras que el segundo corresponde al «penúltimo mes de vigencia del contrato».

«Tres notas-informe»

La cláusula segunda del Convenio estipula que la FUAM emitirá para el ayuntamiento ripense «un máximo de tres notas-informe». Una de estas notas-informe es la referida a la actuación de Tania Sánchez, que fue encargada por el actual alcalde Pedro del Cura, hombre de confianza de la entonces candidata de IU al Gobierno de la Comunidad de Madrid. Del Cura era la persona que como concejal de Juventud sacaba a concurso los talleres musicales que se adjudicaban al hermano de Sánchez.

Fuentes de la oposición critican que se usara dinero público para defender a una persona que ya no pertenecía al ayuntamiento y que no se usaran los medios legales del propio consistorio. Los 6.000 euros que está costando el convenio también cubren «un informe estratégico» y «cinco consultas verbales».

Pedro del Cura, alcalde de Rivas Vaciamadrid

El informe relativo a Tania Sánchez causó cierta extrañeza por, según fuentes jurídicas consultadas, cómo se han «retorcido los argumentos para saltarse la obligación de abstención ». De hecho, la propia Tania Sánchez ha reconocido en varias entrevistas que no debió votar la contratación de su propio hermano, desvelada por ABC: «Fue un error de principiante», dijo recientemente en La Sexta.

El borrador de conclusiones de la comisión de investigación de Rivas, controlada por IU y por el concejal «independiente» de Ciudadanos de Rivas (que tiene total sintonía con IU) también destaca que fue un error por parte de Tania Sánchez apoyar esa contratación.

En este sentido las leyes son claras: Tania Sánchez debió abstenerse. Así lo dictamina la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El artículo 28 recoge que «las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el número siguiente de este artículo se abstendrán de intervenir en el procedimiento y lo comunicarán a su superior inmediato, quien resolverá lo procedente».

Motivos de abstención

A continuación enumera los motivos de abstención. El punto 2b dice lo siguiente: «Tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios».

La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, estipula en el art. 76 que «los miembros de las Corporaciones locales deberán abstenerse de participar en la deliberación, votación, decisión y ejecución de todo asunto cuando concurra alguna de las causas a que se refiere la legislación de procedimiento administrativo y contratos de las Administraciones Públicas».

La cooperativa Aúpa obtuvo del Ayuntamiento de Rivas 29 contratos entre 2002 y 2008 que suman 1,3 millones de euros. Además de Tania Sánchez, el padre de ambos, Raúl Sánchez, era la persona que validaba los contratos como teniente de alcalde responsable de área.

El Ayuntamiento de Rivas gastó dinero público para defender a Tania Sánchez

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