Luz legal contra la sombra de la corrupción

La implicación de los directivos y compañías en los casos comienza a aclararse tras la reforma del Código Penal en 2015

Un 50% de los directivos españoles admite que la corrupción está extendida FOTOLIA
Guillermo Ginés Sánchez

Esta funcionalidad es sólo para registrados

La corrupción se ha convertido en protagonista recurrente en las cabeceras de informativos y los titulares de periódicos. En las últimas semanas, «empresarios» como Mario Conde o Luis Pineda han protagonizado la actualidad. En el exterior, los «papeles de Panamá» mantienen un goteo de nombres propios que involucra a sectores tan variopintos como el deporte o el cine en los entramados de los paraísos fiscales.

¿Pero cómo contemplan los empresarios este contexto? El continuado goteo de nuevos y mediáticos casos ha calado y parece haber provocado publicada esta semana revelaba que la mitad de los empresarios consultados en España reconocían la existencia de corrupción a la hora de hacer negocios, muy por encima del 28% registrado hace un año y del 20% que marca la media en Europa Occidental . Un ambiente enrarecido que exige actuaciones: el 51% de los directivos españoles consultados considera que los gobiernos están dispuestos a perseguir y sancionar las malas conductas, pero no son eficaces en la obtención de condenas firmes y procesos penales.

Más responsabilidad

Sin embargo, la responsabilidad de la empresa desde un punto legal en este tipo de tramas ha crecido en los últimos años. Enric Doménech, socio de Risk Advisory de BDO , considera que la posible implicación de los directivos individuales o de la compañía en su conjunto se ha ido «clarificando» desde la reforma del Código Penal en el 2015, que introdujo la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Antes, estas solo tenían esta responsabilidad civil . «En la práctica, una empresa que haya obtenido un beneficio con un caso de corrupción tiene responsabilidad penal», sostiene Doménech.

El Tribunal Supremo ya ha emitido una sentencia este año (154/2016) en la que aborda directamente el asunto. En su resolución, el Alto Tribunal consideró determinante la autorresponsabilidad de la compañía y el papel que tiene la alta dirección en este tipo de casos. «Se va clarificando lo que pretende la Fiscalía. La respuesta de la alta dirección queda condicionada por el Código Penal . Tiene que existir un beneficio para la empresa para juzgar la personalidad jurídica y que exista una responsabilidad penal, aunque no existe un modelo que espeficique cada caso. Sin el beneficio es difícil que existan malas prácticas . La empresa debe demostrar en todo momento que intentó implantar mecanismos de control, no vale simplemente con la opinión de un tercero. Hay que verificar este control», afirma el abogado de BDO .

De la misma opinión es José Bonilla, socio que lidera la práctica de penal en Jones Day España: «Los directivos tienen una responsabilidad jerárquica de la que no pueden desprenderse. El CEO de una compañía tiene responsabilidad por omisión y por ser garantes en un caso de estas características».

Eso sí, la presunción de inocencia no puede ser olvidada en estos casos que, según el jurista , «en ocasiones han sido desenfocados por la presión mediática» . «La Fiscalía debe probar la implicación directa de estos directivos en el caso de corrupción para fijar una pena», añade el responsable de Jones Day.

Mecanismos de control

El panorama legal parace aclararse poco a poco, pero es evidente que aún queda camino por avanzar en la lucha contra la corrupción en el seno de las empresas.La encuesta de Ernst& Young revela, por ejemplo, que el 46% de los directivos reconocen que sus empresas no cuentan con una evaluación de políticas de anticorrupción.

Los canales de denuncia (« whistleblowing ») ya existen en un 55% de las empresas mundiales, pero en nuestro país todavía hay un 12% de trabajadores que perciben estos informes como un obstáculo en la lealtad hacia su empresa o sus compañeros. Sin saberlo, pueden estar involucrando a toda la compañía en la supuesta trama de corrupción.

La visión negativa sobre la situación general se relativiza cuando los empresarios identifican la corrupción en su propio sector, donde solo un 8% aprecian prácticas irregulares, según la encuesta de . Según Ricardo Noreña, socio responsable de Forensic de la consultora, este porcentaje puede explicarse por el «miedo a hablar» del colectivo, ya que «sería ilegal conocer alguna de estas malas prácticas y no denunciarla» . En todo caso, Noreña considera que en España falta «educación financiera y educación ciudadana» y en ocasiones algunos directivos ni siquiera consideran amorales estas prácticas dudosas.

A título individual

El estudio de la consultora también ofrece otra llamativa conclusión sobre cómo perciben los empresarios españoles la responsabilidad legal que deben conllevar los fraudes , el soborno o la corrupción: consideran que las responsabilidades se acotan cuando se estrecha la investigación. Es decir, cuando se trata el papel de la propia empresa en la trama corrupta de un directivo concreto. El 96% de los encuestados está de acuerdo en que se juzgue de manera individual a los directivos corruptos para disuadir de cometer futuros delitos.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación