El grupo de expertos pide, con excepciones, que se fije una duración máxima para las interinidades
En el informe se advierte de que las conclusiones son provisionales y se inclinan por esperar a que el Tribunal de Justicia Europeo aclare sus exigencias a España
Los expertos en Derecho del Trabajo han enviado ya a la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, sus conclusiones y se inclinan por esperar a que el Tribunal de Justicia Europeo aclare sus exigencias a España tras una sentencia que fue calificada de «desastrosa» por el mundo del trabajo, tal y como adelantó ABC el pasado 30 de enero.
No obstante, los "sabios" no coinciden en la cuantía y han planteado posiciones que están entre los 20 días por año trabajado del despido por causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas o de producción) y los 12 días de la extinción de los contratos temporales.
Los expertos, ligados a sindicatos, a la patronal CEOE y al derecho del trabajo, creen que antes de dar ningún paso para acatar la sentencia europea es clave que los tribunales arrojen algo más de luz sobre cómo proceder.
Entre estos tribunales está el mencionado Tribunal de Justicia Europeo, que tiene pendiente de aclarar el fallo de septiembre a petición de un tribunal español, y el Supremo.
El Alto Tribunal aún debe de resolver el recurso impuesto por el Ministerio de Defensa tras el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que dio la razón a la trabajadora que sustituyó como interina a un liberado sindical durante nueve años y reclamaba ser indemnizada.
Las interinidades carecen de indemnización cuando finaliza el contrato, a diferencia de los 12 días que están marcados para los trabajadores temporales cuando concluyen su duración.
Sobre los interinos, los seis expertos nombrados por Empleo recomiendan fijar una duración máxima, tarea que encomiendan al Gobierno y a los agentes sociales. Eso sí, instan a tener en cuenta tres supuestos de excedencia : cuidado de familiares, ejercer cargo público y liberación sindical.
Y al abordar las indemnizaciones que deben abonarse a un trabajador interino cuando concluye su contrato de trabajo, las partes, al menos la mayoría, se inclinan por fijar 12 días de indemnización, la misma que ahora está finada para los contratos temporales.
Rechazo al contrato único
Según fuentes consultadas, todos los expertos que han elaborado este informe coinciden "plenamente" en la necesidad de mantener la contratación laboral de duración determinada (temporal) y en el rechazo al llamado "contrato único" de trabajo, que supondría igualar a la baja las indemnizaciones por despido de los contratos temporales y fijos.
Igualmente, han estado de acuerdo en limitar "a sus justas proporciones" la utilización de la contratación temporal y en sancionar las actuaciones abusivas y fraudulentas en esta materia, así como en que la Administración Pública pueda recurrir a contratos de interinidad para cubrir vacantes "con una duración anormalmente larga".
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