RENTA 2015
¿Qué deducciones por alquiler ofrece mi comunidad autónoma?
Pese a que la bonificación estatal se ha eliminado, casi todas las regiones ofrecen guiños fiscales para los inquilinos en la declaración de la Renta
A la hora de rellenar la declaración de la Renta , hay que tener en cuenta que la reforma fiscal eliminó un ramillete de deducciones y reducciones fiscales al alquiler. Una de las que tenían más incidencia en el bolsillo de los contribuyentes es la que aprovechaban los inquilinos, que deducían hasta el 10,05% del alquiler de la vivienda habitual para los arrendatarios con una base imponible inferior a 24.107 euros. Eso sí, esta bonificación –que hasta el año pasado tenía un coste de casi 200 millones para el Estado – se mantiene como régimen transitorio para los que firmaron su contrato de alquiler antes del 1 de enero de 2015.
Sin embargo, no hay que olvidar que junto a la deducción estatal en peligro de extinción, todas las comunidades autónomas –salvo Baleares , Murcia y La Rioja – tienen bonificaciones propias al alquiler que no desaparecen. En muchos casos pueden llegar a ser superiores a la estatal.
Como resalta el sindicato de Técnicos de Hacienda, los tipos de las deducciones autonómicas al alquiler de vivienda habitual son en general del 15%. A continuación se desgrana el porcentaje aplicable en esta deducción en cada autonomía: Andalucía (15%), Aragón (10%), Asturias (10%), Canarias (15%) , Cantabria (10%), Castilla y León (15%) , Castilla-La Mancha (15%, y en caso de alquiler de vivienda habitual en medio rural el 20%), Cataluña (10%), Extremadura (5%, y en caso de alquiler de vivienda habitual en medio rural el 10%), Galicia (10%, y en caso de tener 2 o más hijos menores de edad el 20%), Madrid (20%), Comunidad Valenciana (10% por actividad, por cuenta propia o ajena en municipio a 100 km de donde residía, el 15% y si es menor de 35 años o discapacitado el 20% y si es menor de 35 años y discapacitado el 25%), así como en las diputaciones forales del País Vasco (20%, y jóvenes y familias numerosas el 25%) o Navarra (15%) . Junto a ello, hay que vigilar los límites de dichas deducciones.