Solo bancos y entes públicos accederán al registro concursal
Enmiendas a la Ley de la Segunda Oportunidad limitan el sueldo de los administradores
La Ley de la Segunda Oportunidad sigue su trámite parlamentario tras finalizar el miércoles en el Congreso de los Diputados el plazo de presentación de enmiendas. Aunque el Grupo Parlamentario Popular abrirá un proceso negociador con el resto de los grupos políticos, la mayoría que ostenta en la Cámara esta formación política permitirá sacar adelante sus iniciativas, incluyendo nuevas aportaciones.
Como ya adelantó ABC, la más importante de las enmiendas se refiere a las facilidades que se van a dar a aquellos autónomos para volver a la actividad empresarial, después de un fracaso económico. Se les permitirá abrir un negocio y no tener que responder a las deudas si mejora su situación económica, excepto por «causa de herencia, legado o donación, juego de suerte, envite o azar».
De las enmiendas presentadas también hay que destacar la que limita el acceso al registro público concursal a las entidades de crédito y a las Administraciones Públicas y órganos jurisdiccionales habilitados legalmente para recabar información necesaria en el ejercicio de sus funciones.
Igualmente, el Gobierno quiere limitar los honorarios que reciben los administradores concursales, en base a una serie de criterios. La cantidad total máxima será la menor de estas dos: un millón quinientos mil euros y la cantidad resultante de multiplicar el activo del deudor por un cuatro por ciento.
La ponencia de la ley será el 8 de junio y está previsto que se apruebe el día 16 en la Comisión de Economía. Posteriormente pasará al Senado para su aprobación final.
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