El segundo accionista de AENA recurre la resolución de la CNMC que le obliga a bajar las tasas aeroportuarias
Dice que genera «mayor incertidumbre regulatoria» y «desestimula» la inversión
El fondo británico TCI , segundo accionista de AENA con el 7,714% del capital, por detrás del Estado a través de Enaire (51%), ha presentado un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional (AN) contra el acuerdo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sobre los criterios para la modificación tarifaria a partir de 2016 y próximos años, ya que supone «un impacto económico acumulado sobre el valor de AENA superior a los 1.000 millones de euros».
En su recurso, The Children Investment Fund (TCI) considera que la propuesta de la CNMC «plantea efectos económicos gravísimos tanto para Aena como para sus accionistas» y supone un «cambio trascendental, carente de todo fundamento legal y económico en la forma de cálculo de las tarifas aeroportuarias».
Asimismo, considera que «genera una mayor incertidumbre regulatoria, que podría traducirse en un aumento del coste de financiación de AENA» e «inseguridad jurídica» para los inversores en los sectores regulados en España, lo que «desestimula», por tanto, «la inversión en los mercados de capitales españoles».
Por ello, TCI ha solicitado la suspensión cautelar de los efectos del acuerdo del «superregulador» sobre los criterios tarifarios hasta que se dicte la correspondiente sentencia por la Audiencia Nacional.
Dicho recurso es adicional y complementario al presentado por Aena , el pasado 13 de mayo, en el que el gestor de la red de aeropuertos españoles también solicitaba la suspensión cautelar de sus efectos.
Suspensión y medidas cautelares
TCI, que es titular directamente y a través de otras empresas de su grupo de un 11,1% del capital de Aena y del 7,714% del capital con derechos de voto, entiende que «si no se adoptan medidas cautelares se podría generar un daño irreparable a la economía de AENA», señaló el fondo en un comunicado.
Con los criterios de la CNMC, Aena debería bajar las tasas aeroportuarias entre un 2% y un 3% para los próximos ejercicios a partir de 2016, primer año de su aplicación, y transferir 70 millones de la caja aeroportuaria a la de actividades comerciales.
La modificación tarifaria implica así que Aena detraería un 60% de los ingresos comerciales en 2015 para el cálculo de la actualización de las tasas aeroportuarias, reduciéndose dicho porcentaje en años sucesivos: un 40% para 2016, un 20% para 2017 y el 0% para 2018, lo que tendrá reflejo en su balance contable.
El informe de la CNMC señala la metodología que utilizará el «superregulador» en el ejercicio de sus competencias de supervisión a partir de 2016, y cambia el escenario que se dibujó para el debut de Aena en el mercado.
Nuevo mecanismo
Desde TCI señalan que la CNMC pretende establecer «sin precedentes y sin fundamento alguno» un nuevo mecanismo de cálculo de los costes imputables a las actividades aeroportuarias y a las comerciales, contrario al actual marco regulatorio.
Aena computa la asignación de los costes asociados a actividades aeroportuarias (reguladas) y comerciales (vinculadas a las terminales) de forma separada con el modelo actual de doble caja («dual till»), vigente en la normativa, e implantado en 2002.
De esta forma, el importe de las tarifas se calcula tomando solo en consideración los costes aeroportuarios, sin tener en cuenta ni los ingresos ni los costes de las actividades privadas, vinculadas a terminales, que Aena pacta libremente.
«El acuerdo de la CNMC, sin precedentes internacionales en el sector aeroportuario, supone una ruptura del modelo de caja doble establecido por el vigente marco normativo, al mezclar para el cálculo de las tarifas aeroportuarias los costes aeroportuarios con los costes e ingresos privados», defiende el fondo británico, que critica a la CNMC por no aportar «ningún estudio técnico o económico» que avale que los costes comerciales están siendo infravalorados.
TCI recuerda que Aena utiliza un criterio de reparto objetivo en la asignación de costes aeroportuarios y privados de las terminales, que se calcula en función de la superficie ocupada (metros cuadrados) por cada tipo de actividad, aeroportuaria o privada y que, conforme a ese criterio, los accionistas del gestor de los aeropuertos españoles compraron sus acciones el pasado mes de febrero.
Además, indica que el modelo de caja doble es coherente con el acuerdo alcanzado entre Anea y las aerolíneas para la congelación de tarifas aeroportuarias, garantizado hasta el año 2025, en el nuevo marco regulatorio (Documento de Regulación Aeroportuaria, DORA) que entrará en vigor en 2017.
Desde TCI se insiste en que la metodología de la CNMC no tiene «ningún precedente en el sector aeroportuario» e infringe el actual marco normativo de Aena que establece el sistema de doble caja.
Asimismo, subraya que este mismo criterio fue el aplicado para el cálculo de las tarifas aeroportuarias en 2015, tras la supervisión de la CNMC, y respaldado por las entidades que anteriormente tenían las funciones de supervisión en 2014 y 2013 (concretamente, el extinto Comité de Regulación Ferroviaria y Aeroportuaria y la Dirección General de Aviación Civil (DGAC).
Finalmente, apunta que la DGAC ya advirtió de la ilegalidad del criterio de la CNMC por vulnerar el marco normativo y porque suponía una evidente extralimitación de las competencias del «superregulador», que conforme a la normativa vigente, se limitan a la supervisión de la correcta actualización de las tarifas aeroportuarias.
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