El Tribunal Supremo vuelve a ratificar la nulidad de las cláusulas suelo abusivas

El Alto Tribunal ha anulado el tipo de interés mínimo incluidos los que Caja Segovia, ahora integrada en Bankia, aplicó en las hipotecas de ocho clientes

M. V.

La Justicia española sigue considerando que algunas hipotecas se comercializaron bajo condiciones nada transparentes y abusivas para los clientes . El Tribunal Supremo ha anulado ocho cláusulas suelo incluidas en los préstamos para la compra de vivienda de ocho usuarios de Caja Segovia, entidad ahora integrada en BFA-Bankia, por «falta de transparencia» en los contratos.

De esta forma, el Alto Tribunal ratifica por tercera vez su sentencia de mayo del año pasado en la que declaraba la nulidad de ese tipo de interés mínimo en los casos de falta de transparencia , esto es, cuando la entidad financiera no informase claramente de su existencia en la hipoteca al cliente y aunque esa cláusula beneficiase al hipotecado .Lo que los magistrados no han sabido concluir es si las cantidades que cobró de más la caja por este concepto deben devolverse a los clientes .

El Tribunal concluye que a la hora de fijar ese tipo de clásula, que fija el interés mínimo que la entidad financiera cobrará el deudor por la hipoteca aunque el Euribor baje, lo que impide que la cuota hipotecaria se abarate tanto como ese indicador, es necesario cumplir con una serie de criterios al detallar esa claúsula en el contrato que permitan que el consumidor entender «realmente las consecuencias jurídicas y económicas» del producto que está suscribiendo.

En este sentido, la sala primera del Supremo ve insuficiente que el banco deje «simplemente claras» esas condiciones desde el punto de vista gramatical. Ahora bien, la sentencia del Alto Tribunal, emitida el pasado 8 de septiembre, cuenta con el voto particular de uno de los magistrados, que considera que en al menos dos de los casos juzgados la cláusula suelo se explicaba de forma lo suficientemente clara, visble, destacaba y comprensible como para que ambos clientes entendiesen lo que estaban contratando. Por ello, considera que al menos en esos dos casos las cláusulas suelo «no debían ser declaradas abusivas».

El Tribunal Supremo vuelve a ratificar la nulidad de las cláusulas suelo abusivas

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