El Supremo acepta que el crimen de un capitán por un cabo fue terrorismo
MADRID. Actualizado: GuardarTreinta años y cuatro meses después de su asesinato, el capitán de Infantería de Marina Carlos Seijas Fernández ya es víctima del terrorismo. El Tribunal Supremo reconoció ayer que el oficial fue tiroteado en la base de Ferrol por un cabo segundo que estaba amenazado por ETA. Queda así acreditado, a juicio de los magistrados, que se trató de un crimen que tuvo como finalidad alterar la paz y la seguridad ciudadana, y de ahí que apruebe la condecoración al capitán Seijas.
El alto tribunal dio la razón a la viuda del militar y corrigió el criterio del Consejo de Ministros, que en noviembre de 2008 no creyó adecuado concederle la Gran Cruz al Reconocimiento Civil que reciben las víctimas del terrorismo.
Lo hizo porque un informe del Ministerio del Interior indicaba que no había quedado acreditada la contingencia de terrorismo en el asesinato, pese a que éste coincidió en plena campaña etarra contra los militares, en otoño de 1979. Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo reconoce ahora que el cabo justificó entonces en el Consejo de Guerra al que fue sometido que disparó a su superior por miedo a lo que pudiera pasar a él y a su familia, a la vista de las notas que ETA dejaba en el buzón del taller de su padre en la localidad vizcaína de Basauri. En las notas, los terroristas pedían su colaboración y que atentara de inmediato contra el comandante de la base de Ferrol.
La Sala señala que para ser declarada víctima del terrorismo no hace falta que el asesino forme parte de una banda o grupo armado ni siga los designios de la acción terrorista en sus actos.
Justifica que la ley recoge el supuesto de que el crimen tenga como finalidad alterar gravemente la paz y la seguridad ciudadana, y el asesinato del capitán Carlos Seijas cumple este supuesto.
Además, el tribunal considera «determinante» el reconocimiento del director general de personal del Ministerio de Defensa, que en mayo de 1985, seis años después de los hechos, certificó que el fallecimiento se produjo en acto de servicio y como consecuencia de una acción terrorista.