Chiclana

El Ayuntamiento de Chiclana llevará a Pleno la creación de la figura del Defensor del Ciudadano

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El Consejo de Participación Ciudadana de Chiclana ha aprobado hoy de forma unánime las bases para la convocatoria de la figura del Defensor del Ciudadano, tras la inclusión en el borrador de algunas de las aportaciones, la mayor parte de ellas formales, teniéndose que aprobar ahora en el Pleno.

En un comunicado, el Ayuntamiento señaló que la figura del Defensor del Ciudadano es definido en este documento como "una institución municipal cuyo objetivo es encauzar el diálogo entre los ciudadanos y la Administración municipal mediante la atención de las peticiones, reclamaciones y quejas que éstos y las organizaciones sociales del municipio presenten, con objeto de corregir las posibles deficiencias que se puedan dar en la gestión y funcionamiento municipal".

Por ello, añadió que "supone por tanto una garantía para el ciudadano en cuanto instrumento de mejora de la calidad de la gestión de las entidades públicas municipales". Además, el documento estipula que desempeñará sus funciones con autonomía, independencia y objetividad, no estando sujeto a mandato imperativo ni recibiendo instrucciones de ninguna autoridad pública.

Así, una vez que sea aprobado por el Pleno del Ayuntamiento, será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia y se abrirá un periodo de quince días hábiles para la presentación de las candidaturas. En este periodo, todas las personas interesadas en ejercer este cargo podrán presentar su solicitud en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Chiclana aportando, entre otra documentación, una pequeña biografía del candidato en la que se refleje su perfil y sus méritos. El nombramiento requerirá de acuerdo plenario con los votos favorables de las dos terceras partes del mismo y el cargo no será retribuido.

El Ayuntamiento recordó que la condición del Defensor del Ciudadano es incompatible con cualquier cargo político, la afiliación a partido político o sindicato, contratistas o subcontratistas con contratos cuya financiación esté relacionada con la Corporación municipal o el servicio activo en entes públicos locales, entre otras cuestiones.