Sociedad

El Gobierno aprueba la ley que regula el sector audiovisual

MADRID Actualizado: Guardar
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«Remitimos hoy al Parlamento una ley necesaria, deseada, liberalizadora, moderna, garantista e imprescindible para el sector y la industria audiovisual española». Así ha definido la vicepresidenta primera de Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, el proyecto de Ley General de la Comunicación Audiovisual. Largamente esperada, la futura norma establece la creación de un Consejo Estatal de Medios Audiovisuales (CEMA), que velará por el cumplimiento de la nueva ley tendrá una capacidad sancionadora. Además, permite a la ciudadanía exigir a las autoridades competentes la adecuación de los contenidos al ordenamiento constitucional.

El texto presenta pocas variaciones respecto al presentado a finales de junio, pero incorpora recomendaciones, como la que se refiere a la prohibición de emitir pornografía en abierto o violencia gratuita. Los contenidos pornográficos sólo se podrán emitir en codificado entre las 22.00 y las 6.00 horas. Además, limita a un horario que va de a una a las cinco de la madrugada de los programas de juegos de azar. La nueva normativa permite que en el polémico 5% que las cadenas privadas deben reservar de sus ingresos para financiar cine europeo incluya también la producción de series, aunque del citado porcentaje un 60% se dedicará a largometrajes y películas de televisión. Las televisiones deben dedicar el 51% de su emisión anual a obras europeas, con exclusión del tiempo dedicado a las informaciones, manifestaciones deportivas, juegos, publicidad, servicios de texto o televenta. Para las televisiones públicas, la norma impone el 6% de sus ingresos al cine.

Subtítulos para sordos

La ley obliga a subtitular buena para de la programación para los espectadores sordos y atiende otras aspiraciones de discapacitados. Se hará en un tiempo gradual, que alcanzará hasta el 90% en los canales públicos. Además, flexibiliza la emisión de publicidad que sigue siendo de 12 minutos por hora, pero excluye el patrocinio o la autopromoción o telepromoción.

Los operadores podrán explotar canales de pago siempre que su ocupación sea inferior al 50% del espectro radioeléctrico, lo que ampara la TDT de pago. También recoge la posibilidad de las concentraciones o fusiones de operadores -siempre que los dos no superen el 27% de cuota de pantalla-, establece un límite de 15 años para la duración de las licencias de televisión y se permite arrendar el 50% de la capacidad de la licencia.