ESPAÑA

Yo elijo al señor alcalde

Todos los grupos apoyan la elección directa del regidor y el Consejo de Estado avala la reforma

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En las elecciones municipales de 2011, o a lo más tardar en las de 2015, los ciudadanos designarán sin intermediarios al alcalde de su municipio. Es una de las propuestas que cuenta con un amplio consenso en la subcomisión parlamentaria que estudia la reforma de la ley electoral, y la idea ha recibido el visto bueno del Consejo de Estado. El órgano asesor señala en el informe que ha elaborado a petición del Gobierno que todas las fórmulas planteadas para la elección directa del regidor municipal «son constitucionalmente posibles y, por tanto, cabe acogerlas sin reforma de la Constitución».

Hasta ahora, los españoles votan por candidaturas municipales y la más apoyada, o la que logra formar una mayoría de concejales, designa al alcalde. No se vota por una persona para que gobierne el municipio. De esta forma, y no pocas veces, se da el caso de que llega a la alcaldía el representante de un partido minoritario, pero que ha tenido la habilidad política de forjar una mayoría suficiente para derrotar al grupo político más votado.

Pues bien, esto parece que va a cambiar y los ciudadanos podrán decir que elijen sin intermediaciones al señor alcalde si las fuerzas políticas se ponen de acuerdo en algo que, de entrada, no parece difícil. El informe del Consejo de Estado constata que «todas» las propuestas de los grupos parlamentarios apuestan por la elección directa del regidor. No es de extrañar pues todos los partidos, pero sobre todo los dos mayoritarios, ha sufrido en sus carnes esta desagradable experiencia y son los más entusiastas con la reforma. Las recetas, sin embargo, difieren.

Dos métodos prevalecen sobre los demás: sistema de doble vuelta o elección directa. En el primero pasan a la segunda ronda las dos candidaturas más votadas que se someten al veredicto de todos los vecinos que residan, inmigrantes incluidos, en la población. Quedarían excluidos los residentes en el extranjero si se aceptan las sugerencias en este sentido del órgano asesor, una excepción que cuenta además con el beneplácito de los partidos mayoritarios. En el segundo sistema es elegido regidor el cabeza de lista de la candidatura más votada.

La bondad de esta fórmula, subraya el organismo consultivo, es que además de que el ayuntamiento está gobernado por la candidatura más votada, al mismo tiempo, se incentiva «la participación ciudadana». Pero también, recuerda al Consejo de Estado, fomenta la figura del «alcalde presidencialista» pues establece un sistema de funcionamiento en el consistorio «propio del presidencialismo». La elección directa del alcalde, prosigue el dictamen, «no es compatible con su dependencia de la confianza del pleno, y este debilitamiento de las facultades de control que dispone actualmente el pleno lo reduciría a la insignificancia». Por esta razón, sugiere buscar también «el robustecimiento» de ese ente municipal con el ejercicio de «otras competencias» para evitar distorsiones democráticas.

Menos transfuguismo

Que los ciudadanos puedan elegir sin intermediar los concejales a su alcalde es, con todo, la fórmula preferida de los partidos y el Consejo de Estado porque supone «un refuerzo de la legitimidad democrática» y también «una potenciación de la gobernabilidad» de las corporaciones municipales. Y además de facilitar la gobernanza, recuerda el organismo asesor, proporciona «claridad a los acuerdos» municipales y limita «el transfuguismo» porque deja sin sentido a la formación artificiosa de las mayorías