Portada de uno de los libros editados de la asignatura Educación para la Ciudadanía. / Archivo
sentencia

El TS respalda EpC pero avisa de que no puede inculcar opiniones «sobre cuestiones morales controvertidas»

El tribunal concluye que los contenidos de la asignatura son compatibles con el derecho a la libertad religiosa e ideológica

MADRID Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

La sentencia del Tribunal Supremo sobre la asignatura de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos (EpC) rechaza que los padres puedan objetar a esta asignatura y obliga a los alumnos a acudir a clase, aunque precisa que estos hechos "no autorizan a la Administración educativa, ni a los centros docentes, ni los concretos profesores a imponer o inculcar, ni siquiera de manera indirecta, puntos de vista determinados sobre cuestiones morales que en la sociedad española son controvertidas".

"Ello es consecuencia del pluralismo, consagrado como valor superior de nuestro ordenamiento jurídico, y del deber de neutralidad ideológica del Estado, que prohíbe a éste incurrir en cualquier forma de proselitismo", afirma la sentencia, dada a conocer tres semanas después de hacer público el fallo.

La resolución indica que las materias que el Estado califica como obligatorias "no deben ser pretexto para tratar de persuadir a los alumnos sobre ideas y doctrinas que -independientemente de que estén mejor o peor argumentadas- reflejan tomas de posición sobre problemas sobre los que no existe un generalizado consenso moral en la sociedad española". En una sociedad democrática, agrega la sentencia, "no debe ser la Administración educativa -ni tampoco los centros docentes, ni los concretos profesores- quien se erija en árbitro de las cuestiones morales controvertidas", ya que éstas pertenecen "al ámbito del libre debate en la sociedad civil, donde no se da la relación vertical profesor-alumno, y por supuesto al de las conciencias individuales".

"Todo ello implica que cuando deban abordarse problemas de esa índole al impartir la materia Educación para la Ciudadanía -o, llegado el caso, cualquiera otra- es exigible la más exquisita objetividad y el más prudente distanciamiento", añade.

El Supremo ha hecho públicas cuatro sentencias en las que ratifica que no existe el derecho a la objeción de conciencia en el caso de la asignatura de Educación para la Ciudadanía y que ésta no lesiona el derecho fundamental de los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo a sus convicciones. Las sentencias, que incluyen varios votos particulares, no son literalmente exactas, ya que responden a cada uno de los recursos que se interpusieron ante el alto tribunal por tres fallos del Tribunal Superior de Justicia de Asturias y uno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Sí que coinciden en los argumentos al rechazar la posibilidad de objetar.

Una asignatura "exactamente igual" que cualquier otra

La ministra de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera, ha valorado positivamente la sentencia del Supremo y ha indicado que, según el fallo, "no cabe la objeción de conciencia y niega que pueda haber lesión alguna en el derecho a la elección educativa moral y religiosa que los padres quieran dar a sus hijos". "Es más, dice la sentencia que la exención o la no asistencia a esta asignatura puede quebrar los derechos a la ciudadanía que tienen todos los niños y las niñas en este sistema", ha añadido la titular de Educación en una breve comparecencia ante los medios en el Senado.

A su juicio, la resolución está "absolutamente clara, unifica doctrina y, por lo tanto, tendrá las consecuencias que deba tener y que derivan del hecho de que sea una sentencia del Tribunal Supremo". Según ha explicado, la consecuencia más clara de la sentencia es que es una asignatura "exactamente igual" que cualquier otra, que el resto de las asignaturas y, por lo tanto, la no asistencia a clase y no realización de los exámenes "tendrá las mismas consecuencias que pueda tener la no asistencia a la clase de Matemáticas y la no realización de los exámenes de Matemáticas".

Cabrera, que se ha felicitado por que el fallo sea "confirmación" de lo que se viene diciendo desde su departamento, ha apuntado que se trata de "una buena noticia" para el sistema educativo, para la educación de los niños y para la formación de los ciudadanos que "queremos para el futuro".