SALUDO. Durao Barroso y Rodríguez Zapatero charlan durante una cumbre de la Unión Europea en junio de 2007. / EFE
ESPAÑA

La UE denuncia a España por su dejadez frente a la financiación del terrorismo

La Comisión asegura que el Gobierno no ha traspuesto las dos principales directivas para bloquear los fondos de las bandas armadas

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La Comisión Europea ha denunciado a España ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas por su pasividad en la lucha contra la financiación del terrorismo. Este organismo, que ha presentado una demanda doble, asegura que el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero no ha hecho nada en dos años y medio por trasponer a su legislación las dos principales directivas de la UE dirigidas a bloquear los fondos de organizaciones armadas y que autorizan a reclamar información a cualquier entidad sobre personas jurídicas o físicas que realicen movimientos económicos sospechosos. Estas normas fueron aprobadas en octubre de 2005, como respuesta a los atentados de Londres, en julio de aquel año, y a los de Madrid, el 11 de marzo de 2004.

Según la base de datos del Tribunal de Luxemburgo, de todos los países de la Unión Europea sólo España ha sido denunciada por la Comisión ante la negativa a incorporar a su legislación el eje central de la normativa europea antiterrorista: la directiva 2005/60/CE del Parlamento y del Consejo «relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para la financiación del terrorismo».

Los comisionados europeos recuerdan que el plazo para adaptar el derecho interno a estas instrucciones expiró el 1 de diciembre de 2007 sin que todavía España haya hecho nada al respecto.

Directivas

Es más, la Comisión Europea llevó esos incumplimientos ante el tribunal de Luxemburgo el pasado 20 de noviembre, y ese mismo día también denunció que España no ha traspuesto otra directiva sobre la lucha contra el blanqueo (la 2006/70/CE), que debía desarrollar la normativa contra las cuentas de los terroristas y que debería haber sido introducida en el derecho español antes del 15 de diciembre de 2007.

Las dos denuncias por los incumplimientos han tenido preaviso. Las autoridades europeas, según fuentes de la Comisión, antes de presentar la demanda requirieron al Gobierno, como es preceptivo, para que respondiera a sus reclamaciones y actualizara su legislación. España, durante los últimos meses, no ha hecho reforma alguna, a pesar de los reiterados apremios.

El Ministerio de Economía, responsable de no haber actualizado la legislación, reconoce los retrasos. Portavoces del departamento que dirige Pedro Solbes aseguraron que el Tesoro llevaba meses trabajando en esta normativa, pero que los técnicos debieron aparcar los proyectos porque la «prioridad absoluta» eran las medidas para hacer frente a la crisis. Explicaron que en 2008 «gran parte del trabajo interno» ya estaba terminado, por lo que los responsables del Tesoro esperan presentar en «breve» las modificaciones al Consejo de Ministros para su aprobación.

Economía, que recordó que las denuncias de la UE a los estados miembros son habituales, no quiso valorar el hecho de que estas directivas se dictaran en 2005 y 2006 y de que tenían que estar traspuestas en 2007, antes de que comenzara el declive económico y de que el Tesoro se pusiera a idear medidas para frenar la crisis.

Los retrasos de España, según explicaron fuentes comunitarias, han provocado problemas para los organismos de control europeos que supervisan los movimientos económicos extraños de presuntos terroristas u organizaciones violentas, en particular a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), a la que la directiva sitúa como «centro de solicitud, recepción, análisis y divulgación de las comunicaciones de transacciones sospechosas».

La directiva que sigue en el limbo jurídico en España es la que endurece el control y obliga a informar sobre movimientos de supuestos terroristas a entidades de crédito y financieras, auditores, notarios, casinos y agentes de la propiedad inmobiliaria, entre otros.

Esta normativa, además, es la que autoriza a las fuerzas de seguridad para seguir a personas jurídicas o físicas que realicen pagos por importes superiores a 15.000 euros. Desde España, recuerdan en Bruselas, no llega información con la regularidad necesaria y cuando llega, es difícil de analizar porque al carecer de la legislación impuesta por Europa, no se han homogeneizado las bases de datos ni la metodología con las del resto de países.

Herramienta

A estos problemas se suma el hecho de que la legislación que España usa para luchar contra el blanqueo de capitales de origen o destino terrorista es muy atrasada (data de 1993 y 1995) y se ha quedado obsoleta, según ha denunciado recientemente el propio Banco de España.

Cuando el 26 de octubre de 2005, el Parlamento europeo aprobó la directiva, la presentó como herramienta indispensable para la lucha antiterrorista en Europa y para impedir que los terroristas «aprovechen la libre circulación de capitales y la libre prestación de servicios financieros». La Eurocámara recordó entonces a todos los países miembros de la Unión que «las medidas adoptadas únicamente en ámbito nacional sin coordinación ni cooperación internacional», como las que aplica España a pesar de su obsolescencia, «tienen efectos muy limitados».