Un millar de personas se echó a la calle en Pozo Alcón (Jaén) para apoyar a su vecina. / J. UTRERA
ANDALUCÍA

Acaloradas sentencias

Amante, viuda, falda o bofetón son los ingredientes de algunos de los veredictos más polémicos que ocuparon y alarmaron a los ciudadanos en 2008

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Puñetas y togas. Puñetas en las togas de los jueces y polémica en sus sentencias. Esta ha sido la tónica de un buen puñado de resoluciones judiciales durante 2008 en Andalucía. En ocasiones, la controversia no estaba en el auto sino en lo sorprendente del hecho a enjuiciar. Ya sea porque la sentencia fuera escandalosa o porque el escándalo rezumara en el caso, lo cierto es que el mundo de los tribunales ha llevado el clamor a la calle y, en ocasiones, hasta en forma de pancarta. Un bofetón, unas minifaldas o la retirada de unos hijos nunca fueron tan famosos. El cachete propinado a un menor de 10 años por su progenitora en Jaén, la altura de las faldas en la clínica Pascual de Cádiz o el calvario sufrido por una madre de Sevilla para recuperar a sus pequeños han dado mucho de que hablar. Sus historias, y otras, se escribieron este año en gruesos sumarios judiciales, pero a usted lector, ¿le van afectar también estas resoluciones? La respuesta queda vista para sentencia.



MARÍA SALIENTE

¿Derecho a educar o maltrato infantil?

Límites a debate

Salieron a la calle el pasado 12 de diciembre empujados por la rabia tras conocer la condena impuesta a su vecina. Un millar de personas de la localidad jiennense de Pozo Alcón mostraron de esta forma su apoyo a María Saliente, condenada por un delito de malos tratos después de propinarle un bofetón a su hijo y agarrarle del cuello. La Justicia le ha impuesto 45 días de cárcel -que no cumplirá por carecer de antecedentes- y a un año de distanciamiento del menor. A la jueza no le valió la excusa brindada por la madre: «Lo hice para educarlo».

El fallo dice que «se cumplen todos los requisitos del tipo de maltrato, aún cuando hubiese sido la única agresión cometida». La jueza entiende que los golpes propinados al niño vulneran los límites de «una corrección razonable».

María se salió de sus casillas. El pequeño de 10 años no hizo los deberes. La falta de diligencia del infante desencadenó una pelea entre ambos que acabó con el lanzamiento de una zapatilla por parte del niño. En su carrera hacia el cuarto de baño cayó, la mujer lo agarró por el cuello, le asestó el bofetón y la nariz de David fue a dar contra el lavabo. Cuando el pequeño volvió al colegio, los profesores advirtieron el moratón en el cuello. Lo llevaron al centro de salud y el parte médico terminó en el juzgado, la historia en los medios de comunicación y el debate sobre los límites entre el derecho a educar y el maltrato infantil, en la calle.



LAS ENFERMERAS DEL PASCUAL

Conflicto laboral

Pleito por un lío de faldas

A buen seguro que las faldas de las enfermeras de la Clínica San Rafael de Cádiz, de la empresa Pascual, serán de nuevo reclamo de la letra más o menos entonada de alguna chirigota de carnaval. De momento, han sido protagonistas de un proceso que, abanderado por CC OO, ha llegado a los tribunales. Y llegando, llegando, lo ha hecho hasta el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, la más alta institución judicial de la Comunidad.

Falda, delantal, cofia y medias. Este uniforme, patrón calcado de Las chicas de la Cruz Roja -la película es de 1958-, es el que la dirección del hospital exige por pantalones a sus enfermeras. El pleito denunciaba lo que consideraba una medida discriminatoria. Ahora, el TSJA dice que no hay discriminación y da la razón a Pascual. La reacción ante la sentencia conocida hace unos días no ha pasado desapercibida. Las opiniones al igual que pasa en la moda -y, tratándose de faldas, viene al caso la comparación- son dispares. CC OO anuncia que recurrirá, la Junta no se pronuncia y las asociaciones feministas han puesto el grito en el cielo. La opinión en la calle, ya saben, como en la moda.



INTERINA EMBARAZADA

Discriminación por razón de sexo

'El bombo del despido'

El cuerpo de enfermería fue el blanco en este 2008 de otro caso que levantó polvareda en Sevilla, y que ahogó al por entonces candidato a la Presidencia de la Junta, Manuel Chaves. «Nos hemos vuelto a equivocar», reconoció. La naturaleza del equívoco se sustentaba en el despido de una enfermera interina, a la que el Hospital Virgen del Rocío de Sevilla no renovó el contrato por estar de baja maternal.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía condenó al SAS por comportamiento discriminatorio por razón de sexo. La sentencia obligó al hospital a readmitir a la enfermera en el mismo puesto de trabajo con abono de sus retribuciones desde el 1 de enero de 2006, fecha en la que se interrumpió su relación laboral con el SAS.



'EL CASO DE IVÁN Y SARA'

Fracaso de la política de menores

'Madre coraje'

Ahora se ha cumplido un año. «Carmen falleció el 7 de diciembre, entre el día de la Inmaculada, con la carga de maternidad implícita de la fecha, y el día de la Constitución, una coincidencia para alguien que luchó hasta la muerte por ser madre sin que le pisotearan sus derechos constitucionales», recuerda su abogado, Gabriel Velamazán.

Esta madre coraje luchó por conseguir la custodia de sus hijos, Iván y Sara, durante más de once años. Todo ese tiempo tardó la Justicia en reconocer que Carmen Fernández había sido víctima de un «calvario» causado por las arbitrariedades de la política de acogimiento de la Junta de Andalucía y las decisiones adoptadas por el juez de familia Francisco Serrano. Murió en Madrid a los 49 años, en una residencia para enfermos terminales y sin cobrar los 1,7 millones que la Audiencia de Sevilla le otorgó en concepto de indemnización.

Su perfil: limpiadora en paro del barrio marginal de las Tres Mil Viviendas y alcohólica en rehabilitación. La Junta le retiró a sus hijos Sara e Iván en 1996, cuando tenían 4 y 5 años, alegando desamparo por el alcoholismo que padecía.

La ausencia de los pequeños la empujaron a desengancharse de su adicción y a emprender un tortuoso proceso en los tribunales para recuperarlos. Fueron inútiles sus esfuerzos. Ni el Juzgado de Familia ni los servicios sociales dieron marcha atrás al proceso de preadopción de los niños iniciado en 1998 por una familia de Dos Hermanas. En 2002 la Audiencia determinó la imposibilidad legal de devolverle la custodia de sus hijos y acordó indemnizarla.

En septiembre de 2004, Sara, siendo ya una adolescente, abandonó voluntariamente a sus padres de acogida y se trasladó a vivir con su madre. El reencuentro se produjo antes de que la Audiencia de Sevilla reconociera su «calvario» y estableciera en 2005 el pago de 1,7 millones, la mayor indemnización concedida hasta ahora en España por este tipo de asuntos. Un dinero que Carmen nunca cobró al estar paralizado por el Tribunal Constitucional en virtud de un recurso presentado por la Junta y que fue desestimado en febrero del pasado año. Una decisión que llegaría demasiado tarde para la madre de Iván y Sara.

Su historia evidencia el fracaso de la política de menores en España. Sara y su hermano han heredado la indemnización que debió recibir Carmen, pero también las carencias de haber crecido sin su madre.



RAFAEL RICARDI

Acusado de dos violaciones

Inocente entre rejas

Hace apenas unos días, el Supremo ordenaba revisar el caso de Rafael Ricardi, condenado en 1996 por la Audiencia Provincial de Cádiz por dos delitos de violación que no cometió y por los que ha pasado 13 años en prisión. Recuerda el auto que Ricardi fue condenado por el reconocimiento fotográfico y de voz realizado por la víctima y por un informe de ADN, en el que se encontraron alelos (forma alternativa de un gen) del semen del acusado, pero también otros que no se correspondían ni con el acusado ni con la víctima. Informes posteriores, realizados con mayores avances tecnológicos, evidenciaron que Ricardi no había cometido el delito por el que había sido condenado.

En abril de 2008, la policía detuvo a otra persona cuyo ADN coincidía con las muestras conservadas en el Instituto de Toxicología. Según recuerda el Tribunal Supremo, estos informes son posteriores a la condena y acreditan «fehacientemente» que el condenado no fue el autor de las dos agresiones sexuales sufridas por M. C. A. P. el día 12 de agosto de 1995. Ricardi recuperó la libertad el pasado 25 de julio.

VIUDA SEVILLANA

Condenada a pagar a la amante de su marido

Heredar a la querida



Cuando se acepta una herencia, también se aceptan las deudas. Pero lo que uno no puede imaginar es que entre las obligaciones se encuentre la de seguir pagando a la amante del marido difunto. Esto es lo que le pasó en 2008 a una viuda y a sus cuatro hijos, que fueron condenados por la Audiencia de Sevilla a abonar a la querida del fallecido tres cheques por valor de 35.000 euros. Al parecer, según señala la sentencia, el marido y padre en cuestión entregaba periódicamente a su amante sumas en metálico y cheques. El auto reconoce además que el dinero no respondía a la remuneración de unos servicios sino a la «propia liberalidad» del interesado «en el transcurso de la relación sentimental que al parecer mantenía».

Ejemplos de sentencias, algunas de las repasadas, tan ajustadas a la lógica del derecho, que se alejan de la lógica social. ¿O no? Ahora le toca juzgar a la ciudadanía.