Luz verde a la ley que permitirá exigir en los tribunales el derecho a una vivienda
El proyecto aprobado por el Consejo de Gobierno prevé la creación de los registros municipales de demandantes
Actualizado: Guardar«Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna». Este precepto de la Constitución, contemplado también en el Estatuto de Autonomía de Andalucía, carecía hasta ayer de un soporte legal que permitirá a los ciudadanos, por ejemplo, poder recurrir a los tribunales para reclamar su incumplimiento.
El Consejo de Gobierno ha dado luz verde al anteproyecto de la Ley del Derecho a la Vivienda, que faculta a los ciudadanos a recurrir a la vía contencioso administrativa contra la Junta o los ayuntamientos si ambas administraciones no concluyen en un plazo de dos años -a contar desde la aprobación definitiva de la ley- los planes autonómico y municipal, respectivamente, de la vivienda. Lo que no marca la ley es qué hacer si, una vez confeccionados los aludidos planes, se demora su ejecución
Esta es la principal novedad de esta propuesta que llegará al Parlamento -ya como proyecto de ley- en enero de 2009, según explicó el consejero Juan Espadas. Si se confirman estos plazos, la norma -que cuenta con 25 artículos- entraría en vigor a finales de ese año, una vez que supere todo el trámite parlamentario. Será entonces cuando más de 300.000 andaluces, según la estimación oficial, puedan beneficiarse de una iniciativa pionera en España y en Europa, aunque tiene precedentes parciales en la legislación escocesa (Reino Unido) y francesa.
¿Quienes formarán parte de ese cupo? Todos los empadronados en Andalucía que tengan ingresos inferiores a 3.100 euros mensuales pero, y este es un matiz que delimita mucho el perfil de los agraciados, no posean ninguna vivienda o carezcan de recursos económicos para poder acudir al mercado libre.
La ley, en síntesis, no garantiza la titularidad de una vivienda, sino el derecho a acceder a esta titularidad, con lo que ello implica para las administraciones. Otro de los instrumentos que se pondrán en marcha con la futura ley será el denominado registro municipal de demandantes. Este organismo, obligatorio en todos las localidades con más de 5.000 habitantes, configurará una radiografía real de la demanda existente en Andalucía de VPO, bien sea en propiedad o en alquiler.
Sólo los ciudadanos que estén inscritos en estos registros podrán reclamar el cumplimiento de este nuevo derecho. Todos los ayuntamientos tienen listas de espera de personas que desean aspirar a un inmueble subvencionado, pero al nuevo registro municipal de demandante sólo se podrá acceder si, previamente, se cumplen con los requisitos económicos y financieros.
En dos años, las situaciones personales pueden variar. La Consejería de Vivienda ha previsto que los mencionados registros se actualicen de forma periódica. Los ayuntamientos jugarán un papel fundamental en el desarrollo de la nueva ley. En primer lugar, porque tienen que habilitar el suelo para la construcción de viviendas protegidas y, posteriormente, porque tendrán que hacer la selección de los beneficiarios. Juan Espadas rechazó que la Administración autonómica pase «el marrón» a la local en este asunto. El consejero subrayó que la Junta transferirá a los consistorio los fondos suficientes para cumplir con estas nuevas atribuciones.
«Todos los ayuntamientos quieren agilizar la construcción de VPO, porque dinamiza el sector de la construcción, lo que supone generar empleo y riqueza», acotó el titular de Vivienda.