TRIBUNA

Territorialidad: despropósito y caos

Rectificar es de sabios. Lo dijo innumerables veces Churchill y lo dice cualquier persona sensata. El mítico político inglés tenía asumido comerse sus propias palabras cuando erraba y a continuación decía que ello representaba una dieta equilibrada. Sólo los necios presumen de no alterar sus opiniones sobre las cosas. Modificar de criterio cuando se asume el error es un componente más de la sabiduría que acompaña a las personas y muestra de la inteligencia del ser humano.

Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

Nuestro refranero me lleva al siguiente «donde dije digo, digo Diego», no se trata de asumir la posición de una veleta que gira y gira según el componente del viento. Eso es lo que le sucede al presidente del Gobierno, que a unos de le dice que sí, a otros que piden lo contrario les dice también que sí. Tiene el arte de defender una cosa y su contraria. Al final tienen que salir sus colaboradores a aplicar una máxima de Derecho consistente en que «a lo imposible no se está obligado». Es exactamente lo que está pasando con la problemática autonómica desde que se inició la veda de las reformas de los Estatutos de Autonomía en los que se trata de imponer sistemas de financiación que rompen toda la tradición jurídico-económica al respecto existente hasta la fecha.

Algunos de los llamados 'padres de la Constitución', a la postre sus redactores, hacen ahora autocrítica y manifiestan abiertamente que fue un gran error haber asumido en los términos que se hizo el Título VIII, Capítulo III, de las Comunidades Autónomas. Por eso, la necesidad urgente de un gran pacto nacional que clarifique sin temor a equívocos el contenido del mismo y se delimiten de forma clara y diáfana los artículos 148 y 149, que permitan sin resquicio de dudas un Estado fuerte y con competencias plenas en todas aquellas competencias que representan el interés general de todos los ciudadanos españoles.

Me referiré a dos cuestiones sobre territorialidad con implicaciones económicas financieras y otras dos de otra índole, una afecta a los Derechos y Libertades de los españoles en determinados territorios y el otro supone sin más un altercado al Principio de Seguridad jurídica.

Primero: la financiación autonómica. El Gobierno ha cometido un gravísimo error por admitir que las administraciones autonómicas fijen en sus estatutos el nivel de inversión que el Gobierno de la Nación realizará en las mismas.El sistema actual distingue entre el régimen foral, aplicable a Navarra y País Vasco y el régimen común aplicable al resto de comunidades. Aquel, sustentado en los 'Derechos Históricos' y reconocido en la Disposición Adicional Primera de la Constitución, es radicalmente contrario a los principios de igualdad y solidaridad, principios propugnados por la propia Constitución. De tal forma que el sistema foral atribuye a estas comunidades un montante de financiación superior con creces al resto. Dos son los motivos, estas comunidades no contribuyen a hacer realidad el principio de solidaridad en cuanto que no participan en la financiación del 'Fondo de Suficiencia' y seguro que por motivos políticos estas comunidades no abonan al Estado la cantidad que debe corresponderles por los servicios prestados por el Estado en los ámbitos territoriales de cada comunidad. Dentro del régimen común y ante la vorágine autonomista radicalizada a partir del anterior gobierno, los Estatutos ya reformado de Cataluña, Andalucía y Baleáres entre otros, han abierto una vía de reforma indirecta del sistema de financiación, al incluir en el texto de los mismos un criterio de reparto de fondos basado en la capacidad o esfuerzo fiscal de cada comunidad (Cataluña y Baleáres) o bien supeditando la financiación en función de conceptos tales como la población, la superficie...(Andalucía). A su vez, estos Estatutos establecen la creación de comisiones y otros mecanismos de carácter bilateral que sustituyen la multilateralidad establecida en la actual Ley de Financiación Autonómica. En resumen, los nuevos derroteros de la financiación autonómica adolecen de graves problemas de inconstitucionalidad.

Segundo. Unidad de mercado. Mientras Europa se construye y se vertebra fundamentalmente sobre un mercado común llegando a constituirse como paradigma del bienestar social, España toma el camino contrario sobre la base de la fragmentación del mercado español en diecisiete pequeños mercados, fragmentación que se acentúa cada vez más debido a las reformas estatutarias. El hecho autonómico limita el mercado en cuanto lo restringe e imposibilita la aplicación de economías de escala, con los beneficios sociales de toda índole que ellas comportan.

Tercero. Las políticas nacionalistas lingüistas. La política lingüística auspiciada desde ciertas comunidades autónomas con el beneplácito del Gobierno, conculca el derecho fundamental de todos los ciudadanos españoles a la igualdad ante la ley que establece el derecho y el deber de todos los españoles de conocer y de usar el castellano. Además, las comunidades autónomas conforme al artículo 148.1.17 de la Constitución tienen competencias «para la enseñanza de la lengua de la Comunidad Autónoma» y «no para la enseñanza en la lengua de la Comunidad Autónoma». Se ha hecho una interpretación torticera del precepto con el consiguiente agravio para muchos ciudadanos de esos territorios. Agravios que no terminan en ellos, sino que ahora se ceban también con las empresas turísticas, advirtiendo estas que la falta de respeto a la cooficialidad lingüística perjudica la imagen del turismo español, en cuanto que dificulta la estancia en esos territorios para los turistas castellanohablantes como para los propios extranjeros.

Cuarto. La Bandera de España. El artículo 4.2 de la Constitución establece que la Bandera de España se utilizará junto a las banderas y enseñas autonómicas si existieran en el respectivo territorio. No hay duda de la exigencia del uso de la misma en todo el territorio nacional, sin embargo el representante de la Federación Española de Municipios y Provincias, ha manifestado su intención de cumplir la Ley, pero manifestando a continuación que «no se puede imponer su cumplimiento». Lo que es un claro exponente de la laxitud con la que muchos representantes públicos españoles exigen el cumplimiento de la norma y por ende la prevalencia del principio de seguridad jurídica. El presidente del Gobierno tuvo la oportunidad de estar en la final de la Eurocopa y supongo captó el clamor y cariño que despierta la bandera de España entre los españoles. Sí además de ello es de obligado cumplimiento su permanencia en todos los edificios públicos exija el cumplimiento de la Ley y además, de paso satisfaga las aspiraciones de casi todos los españoles.

La cuestión autonómica es todo un despropósito que nos ha llevado al caos, rectifique Señor presidente, nunca es tarde si la dicha es buena.