AL AIRE LIBRE

Criticar las sentencias

Cada vez que un alto Tribunal español emite una Sentencia en un tema controvertido, suceden dos cosas: los políticos se apresuran a mostrar su total respeto por la Resolución, cuidando de no criticarla aunque tuvieren ganas de ello, y asegurando un fiel acatamiento al pronunciamiento del órgano judicial. Con todo, si a alguien de la esfera política o de otra se le ocurre mostrar su disconformidad con el Fallo y con la decisión jurídica, cae sobre él una suerte de maldición que lo señala casi como un proscrito, un antidemócrata o algo peor, por haberse atrevido a cuestionar un pronunciamiento judicial, como si ello fuera conducta reprobable. Se confunden así dos planos perfectamente distinguibles y compatibles. El del lógico acatamiento y respeto por una decisión jurídica, mecanismo elemental en cualquier Estado de Derecho, y el de prestar asentimiento a sus razones, argumentos o interpretación del derecho en el caso de que se trata.

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Repito que ambos planos pueden perfectamente convivir, de tal modo que yo puedo respetar una sentencia en cuanto ejercicio y manifestación de la labor jurisdiccional, pero no tengo porqué comulgar con sus argumentos, razonamientos y fundamentos jurídicos. Por eso existen las vías de los recursos hasta llegar a esa última palabra de la última instancia, más allá de la cual no hay recurso posible. Pero incluso esa última palabra no es ni un dogma, ni un artículo de fe ni el ejercicio carismático de una mente no sujeta a error.

La misma jurisprudencia conoce vaivenes y cambios a lo largo de la historia, y criterios que un día presidieron la interpretación de determinados asuntos variaron con el tiempo. Si un jurista critica el parecer de un tribunal convertido en sentencia, en base a sus conocimientos del derecho y a la aplicación de una misma técnica argumentativa que le lleva no obstante a otra contemplación del problema, ¿debe por ello ser arrojado del universo políticamente correcto del respeto a las opiniones de los jueces? Hace ya algunos siglo que Giambattista Vico nos recordó la distinción entre dos planos: el del Verum, propio de las ciencias matemáticas, y el del Certum, propio de las ciencias humanas, donde no existen las verdades absolutas sino las opiniones razonables. Y el derecho, pese a los puritanismos neohobbesianos, pertenece a esta última dimensión.